Page 306 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
P. 306

4.3.10.- Sector de industrias vinícola



               10.- CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO SECTORIAL DE LA ACTIVIDAD DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS PARA LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
                VIGENCIA               La vigencia de este convenio será de dos años contando desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciem-
                                       bre de 2017.
                CÓDIGO CONVENIO        13000225011982
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Llegada su finalización quedará automáticamente denunciado sin necesidad de previo requerimiento.
                                       Una vez terminada su vigencia, continuara rigiendo en su totalidad por un periodo de 24 meses a contar
                                       a partir de la finalización de ésta, ampliándose por 6 meses más mientras se mantenga abierta la mesa
                                       negociadora de este convenio, sin perjuicio de la denuncia expresa que cualquiera de las partes, realice
                                       al menos con un mes de antelación a la finalización de la vigencia del convenio.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  4.000
                HOMBRES                3.500
                MUJERES                500
                JORNADA                La jornada laboral máxima anual será de 1.800 horas.
                VACACIONES             Todo el personal vinculado por este convenio, disfrutará de unas vacaciones anuales retribuidas de treinta
                                       días naturales.
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días de salario base+ antigüedad+ plus convenio, cada una de ellas.
                EUROS AÑO PEÓN         14.869,40
                EUROS AÑO OFICIAL 1ª   15.151,50
                INCREMENTO SALARIAL    Año 2017: 1%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL No. Como cláusula de revisión salarial se establece que para los años 2013 y 2014 queda en suspenso,
                                       siendo las tablas salariales definitivas.
                COMPLEMENTO DE I.T.    El personal de las empresas afectadas por este convenio, que reúna las condiciones exigidas para ser
      308                              beneficiario de IT en el período en que se encuentren en dicha situación, se complementarán las pres-
                                       taciones de Seguridad Social en todos los supuestos, hasta el 100% del salario real, según las tablas de
                                       este convenio incrementadas con la antigüedad, desde el primer día de baja.
                CLÁUSULA DE            Las partes firmantes de este convenio colectivo apuestan por un incremento de la contratación fija o
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  indefinida como factor que pueda suponer a su vez mayor rentabilidad y crecimiento de la empresa. Por
                                       esta razón, las empresas del sector de vinícolas y alcoholes, adquieren el compromiso de alcanzar como
                                       mínimo el 70% de contratos fijos a fecha de 31 de diciembre de 2014, con independencia del número de
                                       trabajadores que tengan las empresas. El porcentaje anterior será el resultado de computar las distintas
                                       modalidades de contratación que en fecha 31 de diciembre de 2014, tengan las empresas del sector en
                                       su forma jurídica más amplia, empresa individual o grupo de empresas. Para alcanzar los porcentajes an-
                                       teriores, no se tendrá en cuenta al personal contratado para sustituir a trabajadores con reserva del pues-
                                       to de trabajo (interinidad) y los contratados bajo la modalidad contractual de formación y/o prácticas
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
                COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL
                CLAUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  SI
                VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
                PARTES FIRMANTES       FECIR, CC.OO y UGT
   301   302   303   304   305   306   307   308   309   310   311