Page 302 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.10.- Sector de industrias vinícola
6.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIA VINÍCOLA DE VILLAFRANCA DEL PENEDÉS.
VIGENCIA 2013/2017
CÓDIGO CONVENIO 8002384011993
DENUNCIA DEL CONVENIO Se prorrogará, de año en año, por tácita reconducción, si no media denuncia del mismo, que deberá
formularse con tres meses de antelación a su vencimiento, o al de cualquiera de sus prórrogas
NÚMERO DE TRABAJADORES 795
HOMBRES 520
MUJERES 275
JORNADA 1.784 horas
VACACIONES 22 días laborables. 15 como máximo serán realizados de forma continuada dentro del período que va del día
1 de julio al 30 de septiembre.
PAGAS EXTRAORDINARIAS El importe de cada una de las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad se fija en 30 días de salario
base y plus complementario.
EUROS AÑO PEÓN 16.789,36
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 19.305,30
INCREMENTO SALARIAL Año 2017: 1%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL A partir del año 2015, si el crecimiento del PIB estatal interanual del año natural anterior es positivo, s
añadirá al 0,5% anual el 50% del incremento de ese PIB, siendo el incremento total máximo de tablas
de la 1 %.
COMPLEMENTO DE I.T. En caso de baja por enfermedad común, profesional o accidente, sea o no de trabajo, el trabajador re-
cibirá, desde el primer día, el 100% de las retribuciones, hasta dieciocho meses, excepto los meses en
que la empresa tenga un 4% o más de absentismo (calculado con los datos de las bajas por enfermedad
304 común sobre el total de la plantilla), en los que el complemento de IT se reducirá para que el trabajador
tenga siquiera garantizado un 85% de su retribución.
El trabajador / a, a petición de la empresa, se obliga a autorizar y facilitar su revisión de situación de IT a
los doce meses a los efectos de clasificación de la correspondiente invalidez.
CLÁUSULA DE SI. Se promueve contratación indefinida
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Se formará una comisión mixta paritaria para la formación profesional, con el objetivo de analizar las
medidas necesarias para promover e incentivar la formación profesional de los trabajadores del sector.
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL.
CLAUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Se garantiza la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES A.V.C. – UGT – CC.OO.