Page 245 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.7.- Sector de panaderías



        15.- CONVENIO DE TRABAJO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DEL PAN DE LA PROVINCIA DE GIRONA.

         VIGENCIA               Del 1 de Febrero de 2016 al 31 de Enero de 2018
         CÓDIGO CONVENIO        17000235011994
         DENUNCIA DEL CONVENIO  En caso de no existir denuncia previa, el convenio se considerará prorrogado de forma automática.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  1.800
         HOMBRES                600
         MUJERES                1.200
         JORNADA                1,792  horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días de salario base+ antigüedad + plus convenio+ plus de nocturnidad (cuando corres-
                                ponda) cada una de ellas.
         EUROS AÑO PEÓN         14.730,60
         EUROS AÑO OFICIAL 1ª   15.946,80
         INCREMENTO SALARIAL    2017: 1,3%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         COMPLEMENTO DE I.T.    En caso de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común o accidente no laboral de los traba-
                                jadores, las empresas afectadas por el presente convenio, desde el 7º día de baja y hasta un máximo de
                                tres meses, se obligan a satisfacer un complemento diario equivalente a la diferencia entre la prestación
                                satisfecha por la Seguridad Social y el 100% de su base reguladora (salario real)
         CLÁUSULA DE            NO
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
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         COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL.
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  El presente Convenio se regirá por la no discriminación por razón de sexo, religión, color, raza, ideolo-
                                gía política o sindical, estado civil etc. En ningún aspecto de la relación laboral, como salarios, puestos
                                de trabajo, categoría o cualquier otro concepto, tanto en este Convenio como en la normativa general.
                                Con la lógica excepción para el sexo femenino respecto de los derechos inherentes a la maternidad y la
                                lactancia.
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
         PARTES FIRMANTES       ASEMPA, GREARTPA,  GREMI DE FLEQUERS DE LES COMARQUES GIRONINES Y UGT
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