Page 198 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
24.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE TRABAJO DEL SECTOR DE ELABORACIÓN Y VENTA DE PASTELERÍA, CONFITERÍA Y
BOLLERÍA DE LAS COMARCAS DE LÉRIDA.
VIGENCIA Del 1 de Enero de 2012 al 31 de Diciembre de 2013. (Prorrogado)
DENUNCIA DEL CONVENIO A la finalización del presente convenio y mientras no se negocie uno nuevo, quedarán vigentes las clau-
sulas normativas y obligacionales del convenio anterior.
JORNADA 1.816 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas de 30 días de salario base +plus convenio +antigüedad, cada una de ellas.
1 paga de beneficios según marcen las Tablas Salariales.
INCREMENTO SALARIAL Año 2012: 0,20 %
Año 2013: 0,50 %
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
CLÁUSULA DE ABSORCIÓN Y Todas las mejoras económicas y de trabajo que se plantean en virtud del presente convenio serán com-
COMPENSACIÓN pensables y absorbibles, exceptuando la antigüedad consolida.
EUROS AÑO 13.582,13
COMPLEMENTO DE I.T. En casos de accidente laboral o enfermedad profesional, debidamente acreditada por la Seguridad Social
o Mutua de Accidente de Trabajo, las empresas abonarán a los trabajadores y las trabajadoras la cantidad
percibida del importe entre la cantidad percibida por accidente de trabajo o enfermedad profesional y el
100% de la base de cotización por accidente, pero tiene la obligación de cubrir un periodo mínimo de
carencia de al menos 6 meses.
200 SEGURO COLECTIVO Con independencia de la prestación obligatoria por la Seguridad Social, las empresas tendrán que con-
certar una póliza de seguros con una entidad colaboradora que garantice a los trabajadores el cobro de
indemnizaciones en los siguientes supuestos:
Muerte del trabajador o trabajadora.
Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
Incapacidad Absoluta para el desempeño de cualquier profesión o gran invalidez.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Remisión genérica
COMITÉ DE SALUD LABORAL Las parte firmantes del presente Convenio Colectivo reconocen la necesidad de la creación de un Comité
de Seguridad, Higiene y Salud Laboral en los centros de trabajo, con el objetivo de mejorar la prevención
dentro de las empresas.
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD El convenio habla sobre la no discriminación por razón de sexo, religión, raza, ideología política o sindi-
cal, estado civil……
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES GREMIO DE PASTELEROS DE LLEIDA, CCOO Y UGT