Page 190 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
15.-CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN Y VENTA DE PASTELERÍA, REPOSTERÍA Y
CONFETERÍA DE LEÓN.
VIGENCIA El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2010, finalizando el 31 de diciembre de 2017
CÓDIGO CONVENIO 24004055011994
DENUNCIA DEL CONVENIO Este Convenio se entenderá prorrogado de año en año si no es denunciado por cualquiera de las par-
tes. El plazo de preaviso, a efectos de denuncia, será de un mes anterior a la fecha de su terminación.
La denuncia se formulará por escrito. Ante la falta de un acuerdo global en el plazo de un año desde
la denuncia del convenio colectivo, según se indica en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores,
NÚMERO DE TRABAJADORES 610
HOMBRES NO CONSTA
MUJERES NO CONSTA
JORNADA La jornada laboral será de 1.805 horas efectivas de trabajo en cómputo anual, en desarrollo de la jornada
de 40 horas semanales.
VACACIONES Serán de 30 días naturales, reservándose la empresa la posibilidad de no otorgarlas en el período de
máxima productividad. No existiendo un acuerdo entre empresa y trabajador, 15 días a disposición del
trabajador y 15 días por la empresa.
PAGAS EXTRAORDINARIAS Todos los trabajadores percibirán tres gratificaciones extraordinarias equivalentes cada una a 30 días de sa-
lario, que se abonarán antes de los días 20 de los meses de abril, julio y diciembre, salvo pacto en contrario.
EUROS AÑO PEÓN 10.901,64
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 12.919,14
INCREMENTO SALARIAL Año 2017: 1%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
192 COMPLEMENTO DE I.T. NO
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LRPL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD SI
VIOLENCIA DE GÉNERO SI
PARTES FIRMANTES PARTE EMPRESARIAL, UGT y CC.OO
16.-CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE PASTELERÍA, CONFITERÍA, REPOSTERÍA Y BOLLERÍA DE LA
PROVINCIA DE PALENCIA.
VIGENCIA La duración del mismo será de cuatro años, esto es, de 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2019.
CÓDIGO CONVENIO 34000555011992
DENUNCIA DEL CONVENIO Quedará automáticamente denunciado al finalizar el periodo de vigencia.
NÚMERO DE TRABAJADORES 190
HOMBRES 52
MUJERES 140
JORNADA La jornada laboral será de cuarenta horas semanales, en cómputo anual equivaldrá a 1.800.
VACACIONES Serán de treinta días naturales.
PAGAS EXTRAORDINARIAS Tres pagas extraordinarias una de verano, otra de Navidad y otra de beneficios, pagaderas el 15 de julio la de
verano, el 22 de diciembre la de Navidad y el 22 de marzo del año siguiente la de beneficios, consistentes
en una mensualidad de salario base más el complemento de antigüedad.
EUROS AÑO PEÓN 11.924,24
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 12.238,80
INCREMENTO SALARIAL 2017: 2%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
COMPLEMENTO DE I.T. Las empresas complementarán hasta el 100% de la base de cotización del mes anterior en los casos
de accidente laboral, siempre que exista hospitalización y durante un máximo de 60 días
CLÁUSULA DE Las empresas afectadas por el presente convenio a fin de potenciar la estabilidad en el empleo en este
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO sector, se comprometen a la firma del mismo e incrementar el empleo indefinido de sus plantillas hasta
alcanzar al menos el 50% de trabajadores indefinidos en las empresas
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LRPL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD SI
VIOLENCIA DE GÉNERO SI
PARTES FIRMANTES CPOE, UGT y CC.OO