Page 815 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS



          CONVENIO COLECTIVO DE LA VID DE LA PROVINCIA DE

          CÁDIZ|
          Código de Convenio | 11000645011981
                                                  IGUALDAD







          PROVINCIA:                        LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
          CÁDIZ                             Nada
                                            IGUALDAD SALARIAL:
          VIGENCIA:
          2021-2023                         Capítulo décimo acción y derechos sociales e individuales. Artículo.
                                            49º.-  Igualdad  de  oportunidades  Las  organizaciones  firmantes  del
          ESTADO:                           presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional,
          REVISADO                          garantizarán la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres,
                                            (…) − igualdad salarial en trabajo de igual valor
          Nº TOTAL                          VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
          TRABAJADORES:                     Nada
          1.100                             VIOLENCIA DE GÉNERO:

          Nº MUJERES:                       Artículo 43º.- Licencias. 8. Asistencia médica. - En los casos de
          175                               violencia de género, constatada conforme a lo dispuesto en la Ley
                                            1/2004, el tiempo necesario para la asistencia de la trabajadora a
          Nº HOMBRES:                       exámenes asistenciales (psicológicos o médicos físicos) del servicio
          925                               social correspondiente de la seguridad social

                                            ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:

                                            Capítulo décimo acción y derechos sociales e individuales. Artículo.
                                            49º.-  Igualdad  de  oportunidades  Las  organizaciones  firmantes  del
                                            presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional,
                                            garantizarán  la  igualdad de  oportunidades  entre  hombre  y  mujeres
                                            (…).  −  ambiente  laboral  exento  de  acoso  sexual  o  moral.  (…).
                                            Igualmente, queda desarrollado un modelo de protocolo de actuación
                                            para  los  casos  de acoso  sexual,  acoso por razón  de  sexo  y  acoso
                                            moral,  firmado  11  de  julio  de  2014.  Capitulo  decimotercero.
                                            Procedimiento sancionador. Artículo 67º. - Graduación de las faltas.
                                            3. Se considerarán como faltas muy graves. l) El acoso sexual, el acoso
                                            por razón de sexo y el acoso moral.
                                            MEDIDAS LGTBI:

                                            Nada
                                            ACOSO LGTBI:
                                            Nada
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