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PANADERÍAS
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJADORES PARA LA
ACTIVIDAD DE INDUSTRIAS DE PANADERÍA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA|
Código de Convenio | 26000295011981
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 2,50 %
LA RIOJA SALARIO ANUAL PEÓN: 15.288,00 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 15.761,20 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
2021-2023 ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 17.048,85 €
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: 168,00 €
REVISADO DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª 641,20 €
DIFERENCIA SMI 2023 1.928,85 €
Nº TOTAL ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
TRABAJADORES: CLÁUSULA DE REVISIÓN:
200 Artículo 14. Revisión salarial.
Para el año 2021, en el caso de que el Índice de Precios al Consumo de 2021
Nº MUJERES: establecido por el Instituto Nacional de Estadística en el conjunto nacional en fecha
31 de diciembre de 2021 fuese superior al aumento pactado inicialmente para ese
40 año 2021, el cual es del 1,50 por cien, se efectuará una revisión de la tabla de
salario del Convenio por la diferencia entre ambos porcentajes con un tipo del 1,5
Nº HOMBRES: por cien. Esta diferencia calculada sobre los salarios de 2021, es la que servirá para
ajustar la tabla de 2022. Tal revisión no tendrá efectos retroactivos. Igual cláusula
160 de revisión, pero sin tope y sin generar atrasos, operará para los años 2022 y 2023,
añadiéndose, en su caso, el importe de la revisión salarial a los incrementos
salariales previstos para el año 2023 y al que se pacte para el año 2024.
PAGAS EXTRAORDINARIAS:
Artículo 18. Gratificaciones extraordinarias.
Durante la vigencia del presente Convenio, se abonarán tres gratificaciones
extraordinarias, consistentes cada una de ellas en el importe de treinta días del
salario base establecido en la Tabla Salarial Anexa de este Convenio para cada
categoría profesional, incrementado con los siguientes conceptos: antigüedad y
semimecanización. Las fechas de pago serán las siguientes: 30 de abril, 31 de julio
y 20 de diciembre del año en curso.
OBSERVACIONES: