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PANADERÍAS



          CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE PANADERÍAS

          DE LA PROVINCIA DE LUGO|
          Código de Convenio | 27000425011983
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                  2,50 %
          LUGO                              SALARIO ANUAL PEÓN:                                   14.413,85 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             14.923,45 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2014-2023                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      15.064,50 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                               -706,15 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                          -196,55 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                       -55,50 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          750                               No



            Nº MUJERES:                     PAGAS EXTRAORDINARIAS:
          375                               ARTÍCULO 24.- GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS.- Todo
                                            el personal afectado por el presente Convenio percibirá:
          Nº HOMBRES:                       - Gratificación extraordinaria "31 de Julio" treinta días (30) a pagar
          375                               con la nómina de Julio.
                                            -  Gratificación  extraordinaria  "Navidad"  treinta  días  (30),  a  pagar
                                            antes del día 24 de Diciembre.
                                            - Gratificación extraordinaria "S. Honorato" treinta día (30) a pagar
                                            con  la  nómina  de  mayo.  El  abono  de  las  gratificaciones  fijadas
                                            anteriormente, estarán constituidas por los conceptos retributivos
                                            siguientes:
                                            Sueldo base
                                            Antigüedad
                                            Jornada Especial

                                            OBSERVACIONES:
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