Page 465 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 465

PANADERÍAS



          CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍA DE

          NAVARRA|
          Código de Convenio | 31005305011981
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                  3,00 %
          NAVARRA                           SALARIO ANUAL PEÓN:                                   21.589,75 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             21.698,95 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2023-2027                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      22.254,05 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                              6.469,75 €
          NUEVO                             DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         6.578,95 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    7.134,05 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          1.200                             1. Actualización IPC período 2023-2025 (a aplicar en enero 2026): para
                                            garantizar que los incrementos del Convenio se ajusten a un incremento


            Nº MUJERES:                     de IPC+0,75. A tales efectos, –Si la suma de los incrementos recogidos en
          480                               la tabla del convenio, en los años 2023-2025, no supera en +0,75% el IPC
                                            de dicho periodo, se actualizarían las tablas salariales hasta conseguirlo, y
                                            los  importes  resultantes  de  esa  actualización  serán  la  base  para  el
          Nº HOMBRES:                       incremento de 2026. –Por el contrario, si los incrementos recogidos en las
          720                               tablas del convenio para los años 2023-2025 fueran iguales o superiores al
                                            IPC+ 0,75, no se aplicará ninguna actualización adicional y se incrementaran
                                            las tablas del 2026 aplicando un 2% sobre los valores vigentes en 2025. 2.
                                            Actualización  IPC  período  2023-2027  (a  aplicar  en  enero  2028)  para
                                            garantizar que las tablas salariales incorporan un incremento del IPC+1,25.
                                            Y por ello en enero de 2028, –Si la suma de los incrementos recogidos en
                                            las  tablas  del  convenio,  en  los  años  2023-2027  (incluyendo  la  posible
                                            actualización de enero de 2026), no supera en +1,25% el IPC de dicho
                                            periodo,  se  actualizarían  las  tablas  salariales  hasta  conseguirlo,  y  los
                                            importes resultantes de esa actualización serán la base para el incremento
                                            de 2028. –Por el contrario, si los incrementos recogidos en las tablas del
                                            convenio para los años 2023- 2027 (incluyendo la posible actualización de
                                            2026)  fueran  iguales  o  superiores  al  IPC+  1,25,  no  se  aplicará  ninguna
                                            actualización adicional.
   460   461   462   463   464   465   466   467   468   469   470