Page 440 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS



          CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS
          VITIVINÍCOLAS, ALCOHOLERAS Y SIDRERAS DE LA

          PROVINCIA DE ORENSE|

          Código de Convenio | 32000875012000
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                 no pacta
          ORENSE                            SALARIO ANUAL PEÓN:                                   15.876,00 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             16.296,00 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2024-2025                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      16.716,00 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                                756,00 €
          NUEVO (NO FIRMADO                 DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         1.166,00 €
          POR FICA)                         DIFERENCIA SMI 2023                                    1.596,00 €
                                            ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          Nº TOTAL                          CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          TRABAJADORES:                     No

          Sin datos
                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:
          Nº MUJERES:                       Artículo 14. Pagas extraordinarias.
          Sin datos                         Se abonarán dos pagas extraordinarias, integradas por 30 días de
                                            sueldo  base  más  la  antigüedad  consolidada.  Estas  pagas  se  harán
          Nº HOMBRES:                       efectivas, una durante los primeros quince días del mes de julio, y la
          Sin datos                         otra, durante los primeros quince días del mes de diciembre. Además
                                            de las anteriores, las empresas abonarán una tercera paga, llamada
                                            paga de Nuestra Sra. das Viñas, que se hará efectiva el día 15 de
                                            septiembre, no actualizándose durante la vigencia de este convenio.
                                            Su  importe  será  de  500€.  Por  acuerdo,  se  podrá  prorratear  el
                                            importe de las gratificaciones extraordinarias a lo largo de los meses
                                            del año. En los casos de nueva incorporación, reingreso o cese, la
                                            cuantía de las pagas extraordinarias se calculará en proporción al
                                            tiempo trabajado durante el año.

                                            OBSERVACIONES:
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