Page 565 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN





                           Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre
                           hombres y mujeres (Contratación, Formación, Promoción)

                           El 56% de los convenios colectivos analizados del sector de Fabricación de Aceites
                           no recoge medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y oportunidades entre
                           mujeres y hombres, lo que supone que solo en 6 convenios colectivos del total
                           analizado aparece alguna de estas medidas.























                           El 83% de los convenios que recogen en su articulado alguna medida de este tipo
                           se aplican en empresas que fabrican, parcial o mayoritariamente MDD y el 67%,
                           son convenios sectoriales de ámbito provincial frente al 33% que representan los
                           convenios de empresa.

                           En el  Convenio de Fábricas de aceite de oliva, extractoras de orujo y aderezo
                           y exportación de aceitunas de la provincia de Málaga  encontramos una mera
                           declaración de intenciones dirigida a las empresas del sector (Capítulo VIII):  “Las
                           empresas  del  sector  vigilarán  con  especial  interés  que  no  exista  discriminación  en  el  trabajo,
                           propiciando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el desarrollo de sus trabajos
                           así como a la hora de promoción en los diferentes puestos de trabajo.”

                           Los convenios para las  Industrias del aceite y sus derivados de la provincia de
                           Sevilla y de las Industrias del aceite y sus derivados de la provincia de Tarragona
                           incluyen el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y contra
                           la discriminación en el acceso al empleo, la estabilidad, la promoción y la igualdad
                           retributiva de forma muy genérica, mientras que el redactado más interesante con
                           medidas concretas de actuación en las áreas de acceso al empleo, formación
                           y promoción lo encontramos en la Disposición adicional cuarta del  Convenio
                           de aceites y derivados de la provincia de Toledo:  “Selección, Promoción y desarrollo
                           Personal. Conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3 de 2007, de 22 de marzo, no
                           constituirá discriminación en el acceso al empleo (…) Con el objetivo de promover una presencia
                           equilibrada de mujeres y hombres en las empresas del sector, el principio de igualdad de trato y de
                           oportunidades entre hombres y mujeres se garantizará en todo momento en el acceso al empleo
                           y en la promoción profesional. Para el adecuado cumplimiento de estos principios las partes se
                           comprometen a mantener en todo momento en sus procesos de selección, contratación, promoción
                           y desarrollo profesional, procedimientos y políticas de carácter objetivo basadas en principios de
                           aptitud, mérito, capacidad y de adecuación persona puesto valorando las candidaturas en base a la
                           idoneidad, asegurando en todo momento que los puestos de trabajo en los diferentes ámbitos de
                           responsabilidad son ocupados por las personas más adecuadas en un marco de igualdad de trato
                           con ausencia de toda discriminación basada en el sexo. (…) En las ofertas de empleo y procesos
                           selectivos en las empresas del sector, se atenderá únicamente a la cualificación requerida para el
                           puesto en cuestión, sin considerar aspectos de contenido sexista.

                           Para  reforzar  estos  compromisos  se  utilizarán  canales  que  posibiliten  que  la  información  llegue
                           por igual a hombres y mujeres, se emplearán imágenes no estereotipadas y no se utilizará lenguaje
                           sexista.”

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