Page 448 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        b) Impulsar la aplicación del principio de no tolerancia y de corresponsabilidad en cuanto a
                        los comportamientos laborales que se desarrollen en las empresas, en especial por parte del
                        personal con mayor nivel de mando y de responsabilidad.

                        c)  Promover  iniciativas  formativas  que  favorezcan  la  comunicación  entre  personal  con
                        capacidad  de  mando  y  los  respectivos  equipos  de  trabajo  en  cualquiera  de  los  niveles
                        jerárquicos” y en el Convenio Colectivo de Panaderías de la provincia de Toledo (Art. 58):
                        “Medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo:

                        1.  La  empresa  deberá  promover  condiciones  de  trabajo  que  eviten  el  acoso  sexual  y  el
                        acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para
                        dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto
                        del mismo. Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con
                        los representantes de los trabajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de
                        buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación.


                        2. Los representantes de los trabajadores deberán contribuir a prevenir el acoso sexual y
                        el acoso por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los trabajadores y
                        trabajadoras frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de las conductas
                        o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo.”


                        En  cuanto  a  los  convenios  de  empresa  que  incluyen  medidas  preventivas  solo  lo
                        encontramos en algunos de los convenios de aplicación en Bimbo Donuts Iberia SAU
                        (Pimad, Canarias, Santa Perpetua y Madrid) que reproducen el mismo texto en distintos
                        Anexos: “Medidas de carácter previo. El establecimiento de cualquier medida tendente
                        a evitar que se produzcan en Bimbo Donuts Iberia posibles situaciones de acoso sexual,
                        acoso por razón de sexo o acoso por razón de orientación sexual (…) tendrán en cuenta
                        y se llevarán a cabo las consideraciones y actuaciones siguientes:

                        – Constituye una obligación fundamental de cualquier mando o responsable de la Empresa,
                        en el ámbito de su responsabilidad, velar por la consecución de un ambiente adecuado
                        de trabajo y libre de comportamientos indeseados que pudieran ser constitutivos de
                        acoso sexual, acoso por razón de sexo o acoso por razón de orientación sexual según
                        los términos contenidos en los puntos anteriores.


                        – Constituye una obligación fundamental de los RLT participar activamente, incluso con
                        campañas de sensibilización, en estos asuntos a efectos de erradicar cualquier tipo de
































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