Page 449 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación





                        conductas relacionadas o que puedan suponer acoso sexual, acoso por razón de sexo
                        o acoso por razón de orientación sexual. – Por ello y tan pronto como se detecte una
                        posible situación de entorno conflictivo que pudiera desembocar en una acción de acoso
                        sexual, acoso por razón de sexo o acoso por razón de orientación sexual por parte de
                        empleados/as, la Dirección y en especial las personas que tengan bajo su mando hacia
                        otros empleados/as de la Empresa, adoptarán las medidas que consideren necesarias
                        en el ámbito de su entorno de responsabilidad para evitar que continúen las conductas
                        susceptibles de desembocar en acoso. En el supuesto de no resultar suficiente o, de
                        considerarlo necesario por las circunstancias del caso, lo pondrá en conocimiento de
                        su superior jerárquico y responsable de Persona para decidir la actuación a seguir quien
                        además de asesorar cuando proceda podrá proponer la apertura de una investigación
                        interna previa a la comunicación de Comisión de igualdad para mejor esclarecimiento y
                        circunstancias del caso y para valorar las medidas más oportunas que deben adoptarse
                        para impedir un resultado final de acoso, en el caso de que se trate de un supuesto de
                        esta naturaleza.


                        –  Ante  cualquier  duda  o  consulta  que  pudiera  plantearse  durante  este  proceso,  se
                        deberá consultar, por el responsable de la unidad, la actuación a seguir a la Dirección
                        de Recursos Humanos, quien, además de asesorar en cuanto proceda, podrá proponer
                        la apertura de una investigación interna para el mejor esclarecimiento de los hechos y
                        circunstancias del caso.

                        – Igual iniciativa, dentro de sus competencias legales, tendrán los RLT de los trabajadores
                        para  comunicar  a  la  Dirección  de  RRHH  la  existencia  de  conductas  que  puedan  ser
                        susceptibles de constituir acoso sexual, acoso por razón de sexo o acoso por razón de
                        orientación sexual.”

                        Son pocos los convenios analizados que cuentan con un Protocolo de prevención y
                        actuación en casos de acoso sexual y por razón de sexo.

                        Dentro  del  grupo  de  convenios  sectoriales  encontramos  un  convenio  que  se  limita
                        a  establecer  el  compromiso  empresarial  para  pactar  procedimientos  o  protocolos
                        de  actuación  internos  sin  más  desarrollo,  tal  es  el  caso  del  Convenio  Colectivo  de
                        masas  congeladas  de  Cataluña  (Art.  39),  mientras  que  encontramos  dos  convenios
                        colectivos que cuentan con protocolos de actuación muy desarrollados que incluyen
                        las definiciones de los distintos casos de acoso, principios y criterios de actuación, plazo
                        para la resolución del conflicto y la participación de la RLT, el  Convenio Colectivo de
                        Panadería y Pastelería de Comunidad Valenciana (Art. 56) y el  Convenio Colectivo de
                        Panaderías de la provincia de Toledo (Art. 58) y que por su extensión solo se recoge la
                        mención del artículo donde viene recogido, pero no se incluye su contenido.

                        En cuanto a los convenios de empresa encontramos un Protocolo de acoso genérico y sin
                        desarrollo y que remite al protocolo de Conductas No Toleradas en la empresa Cerealto
                        Siro Foods, en distintas disposiciones adicionales de los convenios de Galletas Siro, Aguilar
                        y Toro: “Protocolo Contra el Acoso en cualquiera de sus formas. Las partes firmantes
                        de  este  Convenio,  manifiestan  su  rotundo  rechazo  ante  cualquier  comportamiento
                        indeseado de carácter o connotación sexual, así como cualquier otro hostigamiento que
                        se dé en el marco laboral, comprometiéndose a colaborar eficazmente y de buena fe
                        para prevenir, detectar, corregir y sancionar este tipo de conductas. Existe un protocolo
                        de Conductas No Toleradas ya de aplicación en el centro”, mientras que en muchos de
                        los convenios de aplicación de la empresa  Bimbo Donuts Iberia SAU (Bimbo Donuts
                        Iberia, Pimad, Bimbo Canarias y Bimbo Agüimes) se incluye en sus distintos Anexos un








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