Page 141 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
(8 %). Dichas tablas se aplicarán, sin perjuicio
del incremento que se pudiera acordar en la
próxima negociación colectiva para el año
2025, a partir del 1 de enero de 2025. A modo
de ejemplo, si el IPC de la suma de los tres
años alcanza el 10 por 100 las tablas se
incrementan a partir del 1 de enero de 2025
en el equivalente al 2 % (resultado de restar el
8 % acordado al 10 % del ejemplo).
Igualdad de trato entre y
oportunidades entre hombres y
PERSPECTIVA DE Principio de Igualdad Salarial
mujeres
GÉNERO E Protección de Violencia de Género
IGUALDAD Acoso Sexual y por razón de sexo
(Sanciones/medidas/protocolo)
Artículo 43 - Derechos fundamentales. Principio
de igualdad: Ambas partes se comprometen a velar
por la igualdad de retribuciones para trabajos de
igual valor y por la no discriminación por ninguno
de los supuestos contemplados en el artículo 14 de
la Constitución Española.
Las partes firmantes del presente Convenio velarán
por la igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres, así como la no discriminación por
cuestiones de etnia, religión o cualquier otra
condición, de conformidad con la legislación
vigente nacional, jurisprudencia y directivas
comunitarias. Se pondrá especial atención en
cuanto a los cumplimientos de estos preceptos en:
45. IGUALDAD DE TRATO Y - El acceso al empleo.
OPORTUNIDADES ENTRE - Estabilidad en el empleo.
HOMBRES Y MUJERES - Igualdad salarial en trabajos de igual valor.
- Formación y promoción profesional.
- Ambiente laboral exento de acoso sexual y
moral.
La acción positiva en favor de la igualdad consiste
en la aplicación eficaz del principio de no
discriminación y a su desarrollo bajo los conceptos
de igualdad de condiciones en trabajos de igual
valor, es necesario desarrollar una acción positiva
particularmente en las condiciones de
contratación, formación y promoción, de modo
que en igualdad de condiciones de idoneidad
tendrán preferencia las personas del género menos
representado en el grupo profesional de que se
trate.
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