Page 136 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
38.4 Corresponde a la empresa facilitar el
cumplimiento de las medidas de prevención que en
cada caso sean adoptadas, así como al personal la
observancia de las mismas.
Artículo 39 - Comité de seguridad y salud:
39.1 En el marco del presente Convenio y como
órgano de participación en la materia, el Comité de
Seguridad y Salud tendrá una composición paritaria
por cada una de las partes, Dirección de Empresa-
Comité de Empresa. Dicho Comité tendrá las
competencias y facultades establecidas en el
artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
Artículo 40 - Salud laboral:
40.1 Los trabajadores/as tienen derecho a una
protección eficaz en materia de seguridad y salud
en el trabajo. El citado derecho supone la existencia
de un correlativo deber del empresario de
protección de los trabajadores frente a los riesgos
laborales.
Los trabajadores/as deberán cooperar con el
empresario para que éste pueda garantizar
unas condiciones de trabajo que sean seguras y no
entrañen riesgos para la propia seguridad y salud de
los trabajadores.
40.2 En cumplimiento del deber de protección, la
Empresa garantizará la seguridad y la salud del
personal a su servicio en todos los aspectos
relacionados con el trabajo y, en caso necesario,
entregará con carácter previo a los trabajadores y
trabajadoras el protocolo de actuación para evitar
los riesgos laborales. Igualmente, la Empresa está
obligada a garantizar al personal, una formación
teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia
preventiva (artículo 19 de la LPRL). La formación a
que se refiere este apartado deberá impartirse,
siempre que sea posible, dentro de la jornada de
trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el
descuento en aquella del tiempo invertido en la
misma.
40.3 La formación se facilitará tanto en el
momento de su contratación, como cuando se
produzcan cambios en sus funciones o se
introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los
equipos de trabajo.
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