Page 134 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
pese a que estuviera suspendida por este motivo.
29.6 Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo
motivadas por la situación física o psicológica
derivada de la violencia de género se considerarán
justificadas cuando así lo determinen los servicios
sociales de atención o servicios de salud, según
proceda. 29.7 Tanto la decisión de suspender o
extinguir el contrato de trabajo, así como solicitar la
movilidad o traslado de centro de trabajo, y la
justificación de las ausencias, deberán ser
comunicadas a la empresa por la trabajadora a la
mayor brevedad posible de acuerdo con su
situación. 29.8 A los efectos de acreditar la
situación de víctima de violencia de género, será
necesaria la orden de protección a favor de la
víctima o el informe del Ministerio Fiscal que
indique la existencia de indicios de que la
demandante es víctima de violencia de género,
hasta tanto se dicte la orden de protección. 29.9
Para la prevención del acoso sexual por razón de
sexo, se elaborará un protocolo de actuación que
comprenderá, al menos, los siguientes principios: a)
El compromiso de la Empresa de prevenir y no
tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
b) La instrucción a todo el personal de su deber de
respetar la dignidad de las personas y su derecho a
la intimidad, así como la igualdad de trato entre
mujeres y hombres. c) El tratamiento reservado de
las denuncias de hechos que pudieran ser
constitutivos de acoso sexual o de acoso por razón
de sexo, sin perjuicio de lo establecido en la
normativa de régimen disciplinario. d) La
identificación de las personas responsables de
atender a quienes formulen una queja o denuncia.
44. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN Artículo 29 - Protección a las víctimas de la
DE SEXO violencia de género y prevención del acoso por
(SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO) razón de sexo:
29.9 Para la prevención del acoso sexual por razón
de sexo, se elaborará un protocolo de actuación
que comprenderá, al menos, los siguientes
principios:
a) El compromiso de la Empresa de prevenir y no
tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
b) La instrucción a todo el personal de su deber de
respetar la dignidad de las personas y su derecho a
la intimidad, así como la igualdad de trato entre
mujeres y hombres.
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