Page 132 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
pensar que las mismas se dirigen exclusivamente a
personas de uno u otro sexo.
d) Los procedimientos de selección que impliquen
promoción respetarán el principio de igualdad de
oportunidades.
e) En materia de contratación, se promoverá el que,
a igual mérito y capacidad se contemple
positivamente el acceso del género menos
representado en las categorías profesionales de
que se trate.
f) En materia de formación, se promoverá el
principio de igualdad de oportunidades en el
acceso a las acciones formativas.
g) Brindar una protección efectiva y personalizada
a las víctimas de violencia de género, acorde con
las posibilidades que la legislación ofrece.
12.3 Los firmantes en el presente convenio
garantizaran la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres, así como la no discriminación
por cuestiones de raza, religión o cualquier otra
condición, de conformidad con la legislación
vigente nacional, jurisprudencia y directivas
comunitarias. Se pondrá especial Atención en
cuanto a los cumplimientos de estos preceptos en:
a) el acceso al empleo. b) estabilidad en el empleo.
c) igualdad salarial en trabajos de igual valor. d)
formación y promoción profesional. e) ambiente
laboral exento de acoso sexual y moral.
12.4 Para compensar las desigualda des de género
que discriminan a las mujeres en el ámbito laboral,
se desarrollarán acciones positivas en el acceso en
el empleo, la estabilidad en la contratación, la
formación y diversificación profesional, la
promoción profesional y retributiva.
Artículo 12 - Principio general de igualdad y no
discriminación y conciliación de la vida familiar y
laboral:
12.2 Los principios que inspiran su aplicación son:
a) Velar para que tanto las mujeres como los
42. PRINCIPIO DE IGUALDAD hombres gocen de igualdad de oportunidades en
SALARIAL cuanto a empleo, formación, promoción y el
desarrollo de su trabajo. b) Velar para que las
mujeres trabajadoras se equiparen a los hombres
en todos los aspectos salariales, de manera que, a
igual trabajo o trabajos de igual valor, las mujeres
siempre tengan igual retribución.
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