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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                           jerárquica supondrá una circunstancia agravante de
                                                           aquella.
                                                           Los representantes de los  trabajadores  deberán
                                                           contribuir a prevenir el acoso sexual y el acoso por
                                                           razón de sexo  en el trabajo mediante la
                                                           sensibilización de los trabajadores frente al mismo
                                                           y la información a la dirección de la empresa de las
                                                           conductas o  comportamientos de que tuvieran
                                                           conocimiento y que pudieran propiciarlo.
                                                           En anexo,  para aquellas empresas no  exista un
                                                           procedimiento  para  prevenir  y  actuar  contra  el
                                                           acoso  o no lo  hicieran con  posterioridad  a la
                                                           publicación del presente convenio se establece un
                                                           Protocolo persigue prevenir y erradicar las
                                                           situaciones discriminatorias por razón de género,
                                                           constitutivas de acoso, en su modalidad de acoso
                                                           sexual y acoso por razón de sexo.
                                                           Artículo 51 - Faltas:
                                                           Las faltas cometidas por los trabajadores al servicio
                                                           de las  empresas del sector  se clasificarán,
                                                           atendiendo a su importancia,  y  en su caso  a su
                                                           reincidencia, en leves,  graves y muy graves,  de
                                                           conformidad con lo que se dispone seguidamente.

                                                           Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy
                                                           graves las siguientes:

                                                           o)  El  acoso sexual,  entendiendo  como  tal
                                                           cualquier comportamiento verbal o físico, de
                                                           naturaleza  sexual,  que tenga el propósito o
                                                           produzca el efecto de atentar contra la dignidad de
                                                           una persona, en  particular cuando se crea un
                                                           entorno intimidatorio, degradante  u  ofensivo,
                                                           desarrollada en el ámbito de organización y
                                                           dirección de una empresa, o en relación o como
                                                           consecuencia de una relación de  trabajo. Si tal
                                                           conducta o comportamiento se lleva a cabo
                                                           prevaliéndose de una posición jerárquica supondrá
                                                           una circunstancia agravante.
                                                           *Se recoge un “Protocolo de acoso sexual y acoso
                                                           por razón  de sexo” en el Anexo II del convenio
                                                           colectivo.















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