Page 148 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
de cálculo para los incrementos salariales que
se pacten para 2025.
Igualdad de trato entre y
oportunidades entre hombres y
PERSPECTIVA DE Principio de Igualdad Salarial
mujeres
GÉNERO E Protección de Violencia de Género
IGUALDAD Acoso Sexual y por razón de sexo
(Sanciones/medidas/protocolo)
Disposición complementaria tercera - Comisión
Paritaria para la igualdad de Oportunidades y la
No discriminación:
49. IGUALDAD DE TRATO Y
OPORTUNIDADES ENTRE Las partes firmantes constituirán una Comisión
HOMBRES Y MUJERES Paritaria para la igualdad de oportunidades y la No
Discriminación, fijando el contenido de sus labores,
así como el reglamento interno de funcionamiento
y el calendario de reuniones.
Disposición complementaria tercera
Comisión Paritaria para la igualdad de
Oportunidades y la No discriminación.
50. PRINCIPIO DE IGUALDAD Las partes firmantes constituirán una Comisión
SALARIAL Paritaria para la igualdad de oportunidades y la No
Discriminación, fijando el contenido de sus labores,
así como el reglamento interno de funcionamiento
y el calendario de reuniones.
51. PROTECCIÓN DE VIOLENCIA No
DE GÉNERO
52. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN Artículo 34 - Clasificación de faltas muy graves:
DE SEXO Son faltas muy graves las siguientes:
(SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO)
16. El acoso sexual, entendiendo como tal
cualquier comportamiento verbal o físico, de
naturaleza sexual, que tenga el propósito o
produzca el efecto de atentar contra la dignidad de
una persona, en particular cuando se crea un
entorno intimidatorio, degradante u ofensivo,
desarrollada en el ámbito de organización y
dirección de una empresa, o en relación o como
consecuencia de una relación de trabajo. Si tal
conducta o comportamiento se llevara a cabo
prevaliéndose de una posición jerárquica supondrá
una circunstancia agravante.
Se recoge en el Anexo III del convenio colectivo el
Protocolo para la prevención y actuación en los
casos de acoso.
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