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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                                   profesional y rendimiento normal durante la
                                                                   jornada de trabajo.

                                                                   Para el año 2021 se aplicará una subida del
                                                                   3,5%, abonando  los atrasos desde el 1 de
                                                                   enero al 31 de diciembre en un porcentaje del
                                                                   2,5%, una vez detraído el 1% abonado a
                                                                   cuenta.

                                                                   La diferencia porcentual entre el IPC real del
                                                                   año 2021 y el 3,5% abonado, quedará dividida
                                                                   al 50%, dando lugar a una variable que se
                                                                   llevará a las tablas de  2022 y  2023  sin que
                                                                   compute a los efectos de aplicación de la
                                                                   subida salarial pactada  para dichos  años, ni
                                                                   para el tope pactado para el abono de atrasos.
                                                                   Para el  año 2022 se incrementarán
                                                                   provisionalmente las tablas salariales de 2021
                                                                   en un 1%. Una vez finalizado el año 2022, si el
                                                                   IPC  real  de  ese  año  superase  el  1%,  se
                                                                   procederá a actualizar las tablas salariales en
                                                                   dicho porcentaje (descontando el 1%
                                                                   abonado a cuenta). El pago de atrasos se hará
                                                                   hasta un máximo del 2,5%. Adicionalmente las
                                                                   tablas provisionales quedarán incrementadas
                                                                   en el porcentaje del  50% de la variable
                                                                   obtenida por diferencias de la subida  no
                                                                   implementada del IPC real de 2021, y dicho
                                                                   incremento quedará  consolidado para las
                                                                   tablas definitivas y  no computará para el
                                                                   cálculo de los atrasos en su caso.  La
                                                                   diferencia  porcentual con  el IPC de 2021
                                                                   aplicará únicamente a los salarios por grupos
                                                                   y niveles,  y no al resto de conceptos
                                                                   recogidos en el Anexo III.  Para el año 2023
                                                                   Se incrementarán provisionalmente las tablas
                                                                   salariales de 2022 en un 1%. Una vez
                                                                   finalizado el año 2023, si el IPC real de ese
                                                                   año superase el 1%, se procederá a actualizar
                                                                   las tablas salariales en dicho porcentaje
                                                                   (descontando  el  1%  abonado  a  cuenta).  El
                                                                   pago de atrasos se hará hasta un máximo del
                                                                   2,5%. Adicionalmente las tablas provisionales
                                                                   quedarán incrementadas en el porcentaje del
                                                                   50% de la variable obtenida por diferencias de
                                                                   la subida  no implementada del IPC real de
                                                                   2021,   y    dicho   incremento     quedará
                                                                   consolidado para las tablas definitivas y no
                                                                   computará para el cálculo de los atrasos en
                                                                   su caso.




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