Page 257 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.7.- Sector de panaderías
27.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LAS INDUSTRIAS DE PANADERÍAS DE LA PROVINCIA DE LÉRIDA.
VIGENCIA El presente Convenio tendrá una vigencia de tres años, desde 1 de enero de 2012 hasta el día 31 de
diciembre del año 2.014, prorrogado hasta 2016
CÓDIGO CONVENIO 25000225011995
DENUNCIA DEL CONVENIO A la finalización del Convenio colectivo y mientras no se negocie uno nuevo quedarán vigentes con el
mismo contenido que el convenio anterior, tanto las cláusulas normativas como las obligaciones.
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
HOMBRES 545
MUJERES 355
JORNADA 1.806
VACACIONES El personal afectado por el presente Convenio, disfrutará de 30 días naturales de vacaciones al año.
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de salario base + antigüedad cada una de ellas.
EUROS AÑO PEÓN 10.037,30
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 12.621,70
INCREMENTO SALARIAL Año 2016: 1,35%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
COMPLEMENTO DE I.T. En el caso de accidente laboral, las empresas complementarán hasta el cien por cien de su salario a partir
del décimo día de la baja y hasta un máximo de tres meses.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO 259
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD No, solo hace referencia a la Ley
VIOLENCIA DE GÉNERO Hace referencia a la Ley
PARTES FIRMANTES GREMIO PROVINCIAL DE PANADERÍA UGT y CC.OO