Page 516 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        Artículo 30º.- Ayudas sociales.


                        … Para el personal que cese por incapacidad y tenga en la empresa una antigüedad
                        mínima de 10 años, se establece una gratificación que consistirá en una cantidad
                        equivalente a una mensualidad del total del salario Convenio del interesado.

                        Se entenderá por el total de salario Convenio, el salario base, antigüedad, y partes
                        proporcionales de las gratificaciones extraordinarias.

                        Asimismo, se concederán ayudas de forma anual a los empleados con hijos y acogimiento
                        de menores de edad que se encuentre en situación de discapacidad de grado 2 o grado
                        3 oficialmente reconocida, siempre que mantengan y acrediten la tutela de los mismos,
                        por los siguientes importes y bajo las siguientes condiciones:

                          1. Grado 2 de dependencia severa o discapacidad del 51% al 70%: 300 Euros por hijo/
                            acogido y año


                          2. Grado 3 de dependencia severa o discapacidad igual o superior al 71 %: 400 Euros
                            por hijo/acogido y año.

                        • CONVENIO COLECTIVO DE PERNOD RICARD ESPAÑA, S.A.  (Aplicable al Centro
                          de trabajo de PERNOD RICARD WINEMARKERS SPAIN, S.A. en Manzanares-Ciudad
                          Real). Fabrica exclusivamente MDF.

                        Artículo 35. Plan de pensiones.


                        Una vez cumplidos dos años de antigüedad en la empresa, todo el personal podrá ser
                        partícipe del fondo de pensiones en las condiciones recogidas en el Reglamento del
                        Plan.

                        Artículo 36. Ayuda a discapacitados.

                        Aquellos trabajadores que tengan hijos con capacidad física o psíquica disminuida (igual
                        o superior al 33%), tendrán derecho a una ayuda familiar para los gastos de escolaridad,
                        internamiento o rehabilitación en centros especializados de los gastos justificados por
                        los beneficiarios, hasta un límite de 1.200 euros por año natural y de acuerdo a la ley y
                        criterios de Hacienda en cada momento sobre el importe exento considerado como
                        ayuda.

                        Asimismo esta ayuda será extensible a aquellos trabajadores con capacidad física
                        o psíquica disminuida en los mismos términos y condiciones así como a aquellos
                        trabajadores que tengan reconocida judicialmente la tutela de un familiar de hasta el
                        segundo grado de consanguinidad o afinidad, con capacidad física o psíquica disminuida
                        (igual o superior al 33%).

                        Esta ayuda tendrá una validez anual estando el empleado obligado a ir renovando
                        anualmente presentando el correspondiente certificado de discapacidad en vigor (ya
                        sea el propio o el de sus hijos) al Departamento de Recursos Humanos.

                        Artículo 37. Premio de vinculación

                        Se establecen los siguientes premios a tanto alzado para los trabajadores que cumplan
                        10, 15, 20 ó 25 años de antigüedad en la Empresa.






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