Page 515 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación






                                                        Mejoras sociales


                                                                                 Fabrica MDD
                                                                                 39%
                        No Fabrica MDD
                        61%






















                        Como ejemplo:

                        •  CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS Y ALCOHOLERAS DE LA
                          RIOJA. Aplicable a los Centros de Trabajo de J. GARCÍA CARRIÓN, S.A. (JGC)- GRUPO
                          en Briones y Labastida (La Rioja) . Fabrica MDD

                        Artículo 24º.- Premio por idealización o indemnización extraordinaria por extinción
                        del contrato de trabajo.

                        Los trabajadores con sesenta o más años cumplidos y que lleven como mínimo quince
                        años en la empresa, podrán solicitar unilateralmente la rescisión de su contrato con
                        derecho, por una sola vez, y al causar baja, a una indemnización extraordinaria de
                        acuerdo con la siguiente escala:

                          1.  A los sesenta años: once mensualidades del salario de cotización
                          2. A los sesenta y un años: diez mensualidades del salario de cotización.
                          3.  A los sesenta y dos años: siete mensualidades del salario de cotización.
                          4. A los sesenta y tres años: cinco mensualidades del salario de cotización.
                          5.  A los sesenta y cuatro años: cuatro mensualidades del salario de cotización
                            Este premio en lo que afecte a los puntos 1 a 5, alcanzará como máximo al cuatro por
                           ciento del personal dentro de cada año y con riguroso orden temporal de petición.
                           Las fracciones de este porcentaje se aumentarán a la unidad superior. A solicitud de
                           los trabajadores, las empresas podrán conceder este premio, en cifras que superase
                           el mencionado cuatro por ciento al año y, en ese caso, establecerán un sistema de
                           graduación en el tiempo de la indemnización señalada anteriormente, por periodo
                           no superior a un año. La solicitud del premio y el cese de la relación laboral, deberá
                           efectuarse dentro de los tres meses al cumplir las referidas edades.
                          6. A partir de los sesenta y cinco años: dos mensualidades del salario de cotización.
                            Los premios por idealización señalados no obligarán a las empresas a hacer
                           provisiones específicas dadas la eventualidad de estas indemnizaciones y quedan,
                           en todo caso, al margen de cualquier obligatoriedad de internalización. Además no
                           serán de aplicación para aquel personal que disfrute de jubilaciones o pensiones
                           establecidas por las empresas en condiciones más beneficiosas. En todo caso, la
                           elección de uno u otro sistema queda a voluntad del trabajador.



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