Page 511 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación






                                                   Incapacidad Transitoria




                                 No se regula                                    Se regula
                                 0%                                              100%


















                        El 37% (13 de 35) de los Convenios que recogen algún tipo de complemento en la
                        situación de IT son fabricantes en exclusiva de MDF.





                                                   Incapacidad Transitoria



                             No Fabrica MDD                                              Fabrica MDD
                             63%                                                         37%

















                        Todos los Convenios que regulan esta contingencia recogen la cobertura del 100% del
                        salario en los casos de AT y EP.

                        Todos ellos recogen también complementos en los casos de Enfermedad Común,
                        que en algunos casos no llega al 100%, como en los casos de J. GARCÍA CARRIÓN,
                        S.A. (JGC)- GRUPO, en sus centros de Jumilla (Murcia) y Daimiel (Ciudad Real), que la
                        cobertura es del 80% en general y el 90% en casos de hospitalización

                        CONVENIO J. GARCÍA CARRIÓN LA MANCHA, S.A.

                        Artículo 34º. Bajas por enfermedad y accidente.

                        En caso de incapacidad temporal debida a enfermedad común o accidente no laboral
                        del trabajador, la empresa abonará las prestaciones económicas que sean a su cargo.
                        Además, cuando la prestación económica sea a cargo exclusivo de la Seguridad Social,



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