Page 799 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN



          Productes Dietètics i Preparats Alimenticis|

          Código de Convenio | 79000625011994
                                                  IGUALDAD







                                            VIOLENCIA DE GÉNERO:

                                            Artículo 75 Contenido mínimo de los planes de igualdad (...) 3. El
                                            plan de igualdad contendrá las medidas que resulten necesarias en
                                            virtud  de  los  resultados  del  diagnóstico,  pudiendo  incorporar
                                            medidas relativas a materias no enumeradas en el artículo 46.2 de
                                            la  Ley  Orgánica  3/2007,  de  22  de  marzo,  como  violencia  de
                                            género, lenguaje y comunicación no sexista u otras, identificando
                                            todos los objetivos y las medidas evaluables por cada objetivo
                                            fijado  para  eliminar  posibles  desigualdades  y  cualquier
                                            discriminación,  directa  o  indirecta,  por  razón  de  sexo  en  el
                                            ámbito de la empresa.

                                            ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
                                            Artículo  66  Principios  de  ordenación  y  faltas.  2.-  Faltas.  3.  Se
                                            considerarán como faltas muy graves: k. El acoso sexual entendido
                                            como cualquier comportamiento de contenido sexual del que el
                                            autor  sabe  o  tiene  que  saber  que  es  ofensivo  para  la  víctima.
                                            Capítulo XIV Acoso en el trabajo Artículo 79 Acoso en el trabajo
                                            Las  empresas  tienen  que  conseguir  uno  en  torno  a  trabajo
                                            productivo, seguro y respetuoso con todas las personas. Todas las
                                            personas trabajadoras tienen derecho al hecho que se respete su
                                            dignidad y tienen la obligación de tratar a las personas con las cuales
                                            se relacionan por motivos laborales (…) Las empresas tienen que
                                            pedir que cada una de las personas que forma la organización, y
                                            especialmente  aquellas  que  gestionen  un  equipo  de  personas
                                            asuman  sus  responsabilidades:  a)  Evitando  aquellas  acciones,
                                            comportamientos  o  actitudes  (…).  b)  Actuante  de  manera
                                            adecuada  y  solidaria  (…).  Las  empresas  se  tienen  que
                                            comprometer a: a) Difundir su protocolo y facilitar oportunidades
                                            de información y formación a (…). b) Apoyar y asistencia específica
                                            a la/las persona/s (…) c) Articular y dar a conocer las diferentes
                                            vías de resolución de estas situaciones dentro de la organización.
                                            d) Garantizar que todas las quejas y denuncias se traten de manera
                                            rigurosa  y  se  tramiten  de  manera  justa,  rápida  y  con  total
                                            confidencialidad. e) Garantizar que no se admite ningún tipo de
                                            represalias hacia la persona asediada (…)

                                            MEDIDAS LGTBI:
                                            Nada
                                            ACOSO LGTBI:

                                            Nada
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