Page 798 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN
Productes Dietètics i Preparats Alimenticis|
Código de Convenio | 79000625011994
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
CATALUÑA Muy desarrollado. Capítulo XIII Plan de Igualdad Artículo 71 Plan de
Igualdad En las empresas de cincuenta o más personas trabajadoras,
VIGENCIA: las medidas de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo
2022-2024 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, Artículo 72
Procedimiento de negociación de los planes de igualdad Artículo 73
ESTADO: Competencias de la Comisión negociadora Artículo 74 Diagnóstico
NUEVO de situación Artículo 75 Contenido mínimo de los planes de igualdad
Artículo 76 Vigencia, seguimiento, evaluación y revisión del plano
Nº TOTAL Artículo 77 Extensión de los planes de igualdad
TRABAJADORES: IGUALDAD SALARIAL:
5.000 Artículo 78 Igualdad retributiva De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 7.1 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de
Nº MUJERES: igualdad retributiva entre mujeres y hombres, las empresas que
2.000 elaboren un plan de igualdad tendrán que incluir en el mismo una
auditoría retributiva, de conformidad con el artículo 46.2.e) de la Ley
Nº HOMBRES: Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
3.000 y hombres, previa la negociación que requieren estos planes de
igualdad. La auditoría retributiva tiene por objeto obtener la
información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la
empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación
efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia
de retribución. Así mismo, tendrá que permitir definir las necesidades
para evitar, corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes
o que pudieran producirse en nombre de garantizar la igualdad
retributiva, y asegurar la transparencia y el seguimiento de este
sistema retributivo
VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
Nada