Page 798 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN



          Productes Dietètics i Preparats Alimenticis|

          Código de Convenio | 79000625011994
                                                  IGUALDAD







          PROVINCIA:                        LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
          CATALUÑA                          Muy desarrollado. Capítulo XIII Plan de Igualdad Artículo 71 Plan de
                                            Igualdad En las empresas de cincuenta o más personas trabajadoras,
          VIGENCIA:                         las medidas de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo

          2022-2024                         45.2  de  la  Ley  Orgánica  3/2007,  de  22  de  marzo,  Artículo  72
                                            Procedimiento de negociación de los planes de igualdad Artículo 73
          ESTADO:                           Competencias de la Comisión negociadora Artículo 74 Diagnóstico
          NUEVO                             de situación Artículo 75 Contenido mínimo de los planes de igualdad
                                            Artículo  76  Vigencia,  seguimiento,  evaluación  y  revisión  del  plano
          Nº TOTAL                          Artículo 77 Extensión de los planes de igualdad

          TRABAJADORES:                     IGUALDAD SALARIAL:
          5.000                             Artículo 78 Igualdad retributiva De conformidad con lo dispuesto en
                                            el  artículo  7.1  del  Real  Decreto  902/2020,  de  13  de  octubre,  de
          Nº MUJERES:                       igualdad  retributiva  entre  mujeres  y  hombres,  las  empresas  que

          2.000                             elaboren  un  plan  de igualdad  tendrán  que incluir  en  el  mismo  una
                                            auditoría retributiva, de conformidad con el artículo 46.2.e) de la Ley
          Nº HOMBRES:                       Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
          3.000                             y  hombres,  previa  la  negociación  que  requieren  estos  planes  de
                                            igualdad.  La  auditoría  retributiva  tiene  por  objeto  obtener  la
                                            información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la
                                            empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación
                                            efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia
                                            de retribución. Así mismo, tendrá que permitir definir las necesidades
                                            para evitar, corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes
                                            o  que  pudieran  producirse  en  nombre  de  garantizar  la  igualdad
                                            retributiva,  y  asegurar  la  transparencia  y  el  seguimiento  de  este
                                            sistema retributivo


                                            VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
                                            Nada
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