Page 453 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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PANADERÍAS
CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE
FABRICACIÓN, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE PAN DE
CANTABRIA|
Código de Convenio | 39000755011981
SALARIOS
PAGAS EXTRAORDINARIAS:
Artículo 19º.- GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SAN
HONORATO. Todas las empresas, abonarán a sus trabajadores, una
gratificación extraordinaria, con tal motivo de la festividad del Patrono del
Sector de Panadería, el día 16 de Mayo, Festividad de San Honorato,
consistente en 30 días de salario base, incrementados con los aumentos
por tiempo de servicio o plus consolidado de antigüedad y plus de semi
mecanización que para cada categoría estén señalados. Esta gratificación se
abonará el día 15 de Mayo, en el caso de que así se solicite por los
representantes legales de los trabajadores o por acuerdo mayoritario de
estos en el caso de que no existiesen, dentro del siguiente mes a la firma
de este convenio y su devengo se efectuará entre el día 1 de Enero y el 31
de Diciembre de cada año. Esta gratificación extraordinaria, podrá ser
prorrateada mensualmente, junto a las demás percepciones, en el recibo
salarial correspondiente. En su caso se prorrateará, en función del tiempo
efectivamente trabajado.
OBSERVACIONES:
Salario Base * 425 días (paga extra de verano y de Navidad) + Pag extra
San Honorato * 365 días + Plus de Convenio * 455 días + Cantidad fija por
Bolsa de Vacaciones (TODO VIENE CLARAMENTE ESPECIFICADO EN
LA TABLA SALARIAL DEL CONVENIO).