Page 358 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL
INDUSTRIAS CÁRNICAS|
Código de Convenio | 99000875011981
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 2,50 %
ESTATAL SALARIO ANUAL PEÓN: 18.667,28 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 19.873,00 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
01-01-2021 ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 21.316,72 €
31-12-2023
DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: 3.547,28 €
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª 4.753,00 €
REVISADO DIFERENCIA SMI 2023 6.196,72 €
ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
Nº TOTAL CLÁUSULA DE REVISIÓN:
TRABAJADORES: ANEXO 16.- Incrementos salariales. 2. Cláusula de actualización
44.775 salarial: Cláusula de actualización salarial a fecha 31 de diciembre de
2023: Si el IPC de 2023 fuese superior al incremento salarial pactado
Nº MUJERES: para el año 2023 (2,5 %), se actualizará la tabla salarial vigente a fecha
8.955 31 de diciembre de 2023, una vez conocido el IPC definitivo, con
efectos del 1 de enero de 2024 y no procediendo el devengo de
Nº HOMBRES: atrasos pero sirviendo como base para los salarios del 2024.
35.820
PAGAS EXTRAORDINARIAS:
ANEXO 15.- Complementos de vencimiento periódico superior a
un mes 1. Paga extra de Junio: Las personas trabajadoras devengarán
en proporción al tiempo trabajado entre el 1 de enero y el 30 de
junio una paga extraordinaria, que se abonará en la segunda quincena
del mes de junio, de acuerdo con los importes que para cada
categoría se establecen en el anexo número 5, tabla salarial, más la
antigüedad consolidada que corresponda a treinta días. 2. Paga extra
de Diciembre: Las personas trabajadoras devengarán, en proporción
al tiempo trabajado entre el 1 de julio y el 31 de diciembre una paga
extraordinaria, que se abonará antes del 22 de diciembre, de acuerdo
con los importes que para cada una de las categorías se establecen
en el anexo número 5, tabla salarial, más la antigüedad consolidada
que corresponda a treinta días.
OBSERVACIONES: