Page 348 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL
HARINAS PANIFICABLES Y SÉMOLAS (Industria harinera y
semolera) |
Código de Convenio | 99002455011981
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 4,00%
ESTATAL SALARIO ANUAL PEÓN: 19.322,40 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 21.490,35 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
01-01-2023 ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 21.985,05 €
31-12-2025
DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: 4.202,40 €
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª 6.370,35 €
NUEVO DIFERENCIA SMI 2023
ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 6.865,05 €
Nº TOTAL CLÁUSULA DE REVISIÓN:
TRABAJADORES: NO HAY REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2023, SÍ PARA 2024 Y
2.700 2025.Artículo 44. Incrementos salariales. Finalizado 2024, si el IPC
interanual de diciembre de 2024 fuera superior a 3%, se aplicará un
Nº MUJERES: incremento adicional máximo del 1%, con efecto de 1 de enero de 2025.
A las tablas definitivas del año 2024 se le aplicará un 3%. Finalizado 2025,
600 si el IPC interanual de diciembre de 2025 fuera superior a 3%, se aplicará
un incremento adicional máximo del 1%, con efecto de 1 de enero de 2026.
Nº HOMBRES:
2.100 PAGAS EXTRAORDINARIAS:
Artículo 40 Pagas Extraordinarias. Serán cuatro anuales, pagaderas los días
1.º de mayo, 15 de julio, la paga para estudios durante el mes de septiembre
y 15 de diciembre de cada año, por un importe de treinta días sobre el
Salario base. Se adicionará a este importe el plus de antigüedad consolidada
para aquellos trabajadores con contrato anterior al 31 de diciembre de
1994 y siempre que les sea de aplicación el citado complemento. No
obstante, en las empresas se podrá proceder al prorrateo de las pagas
extraordinarias en doce mensualidades por acuerdo con la representación
legal de los trabajadores o en su defecto por acuerdo de la Comisión
Paritaria, previa petición de una de las partes empresa o trabajadores.
OBSERVACIONES: