Page 345 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL
CONSERVAS VEGETALES|
Código de Convenio | 99001305011981
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 4,00%
ESTATAL SALARIO ANUAL PEÓN: 16.673,25 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 17.304,45 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
01-01-2022 ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 19.716,30 €
31-12-2025
DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: 1.553,25 €
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª 2.184,45 €
REVISADO DIFERENCIA SMI 2023 4.596,30 €
ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
Nº TOTAL CLÁUSULA DE REVISIÓN:
TRABAJADORES: ANEXO V.- Incremento salarial. Revisión Revisión: - 2023. Finalizado el año 2023,
30.200 si el IPC nacional de 2023 excede el 4% se aplicará un incremento adicional, pero
con el límite máximo del 1%. Este incremento no será retroactivo, teniendo efecto
desde 1 de enero de 2024.- 2024. Finalizado el año 2024, si el IPC nacional de
Nº MUJERES: 2024 excede el 3% se aplicará un incremento adicional, pero con el límite máximo
18.100 del 1%. Este incremento no será retroactivo, teniendo efecto desde 1 de enero
de 2025.- 2025. Finalizado el año 2025, si el IPC nacional de 2025 excede el 3% se
aplicará un incremento adicional, pero con el límite máximo del 1%. Este
Nº HOMBRES: incremento no será retroactivo, teniendo efecto desde 1 de enero de 2026.
12.100
PAGAS EXTRAORDINARIAS:
Artículo 45. Pagas extraordinarias. Toda persona trabajadora tendrá derecho a
dos mensualidades en concepto de pagas extraordinarias, consistentes en el
equivalente a treinta días cada una de ellas del salario de la tabla del Convenio
Básico, incrementado con la antigüedad correspondiente a treinta días. Se
abonarán los días 16 de julio y 16 de diciembre. Al personal que hubiere ingresado
en el transcurso del año o que cesare durante el mismo se le abonarán las dos
gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre prorrateado su importe por
doceavas partes en relación al tiempo transcurrido desde la fecha de su ingreso,
para los primeros y desde el último pago devengado, para los segundos, para lo
cual la fracción de mes se computará como unidad completa.
OBSERVACIONES: