Page 334 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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Entre los convenios que se remiten a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de

                  medidas de protección integral contra la violencia de género se encuentran los
                  convenios de Fabricantes de sidra de Asturias (Artículo 11. Conciliación de la vida

                  laboral,  familiar  y  personal.  4.  Violencia  de  género);  Sector  Vino  de  Barcelona

                  (Artículo  40.  Protección  de  las  víctimas  de  violencia  de  género);  Industrias

                  vinícolas, alcoholeras y sus derivados de Extremadura (Disposición adicional);
                  Industria y comercio industrial de la vid de León (Artículo 33. Derechos de las

                  mujeres víctimas de violencia de género) y el convenio de Industrias vinícolas de

                  Tarragona (Artículo 35. Protección de las víctimas de violencia de género).


                  Por último, destaca el redactado del convenio de Almacenistas y embotelladores

                  de  vinos  del  Principado  de  Asturias  (Anexo  IV.  Igualdad,  no  discriminación  y

                  violencia de género. Medidas de protección hacia víctimas de violencia de género)

                  que no solo incluye y desarrolla todos los derechos recogidos en la Ley Orgánica
                  1/2004, sino que además los explican al detalle o incluso mejoran estos derechos

                  y detallan un procedimiento de actuación en caso de que las empresas del sector

                  se  encuentren  ante  un  caso  de  trabajadora  víctima  de  violencia  de  género  y  el

                  convenio  de  Industrias  vinícolas,  alcoholeras,  licoreras  y  sidreras  de  Zaragoza
                  (Artículo 42. Igualdad de trato y oportunidades) que enumera todos los derechos

                  recogidos en la ley 1/2004.



                        14.5.5.   Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
                           sexo


                  En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar
                  si este tipo de acoso se incluye en el régimen disciplinario del convenio. En este

                  sentido, el 42% de los convenios del sector Vinícola recoge el acoso sexual como

                  falta muy grave. Dentro de este grupo, algunos convenios recogen también el acoso

                  por razón de sexo e incluyen las definiciones de estos tipos de acoso.
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