Page 303 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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12.5.5. Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
sexo
En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar
si este tipo de acoso se incluye en el régimen disciplinario del convenio. En este
sentido, el 43% de los convenios del sector de Panaderías recoge el acoso sexual
como falta muy grave. Dentro de este grupo, algunos convenios recogen también el
acoso por razón de sexo e incluyen las definiciones de estos tipos de acoso.
ACOSO FALTA MUY GRAVE
Falta muy
No lo grave
recoge 43%
como falta
57%
En el grupo de convenios que incluyen solo el acoso sexual como falta muy grave,
dejando fuera al acoso por razón de sexo y sin incluir la definición de este tipo de
acoso, se encuentran los convenios de Panadería de Ávila (Artículo 33. Faltas);
Panadería de León (Artículo 36. Graduación de las faltas); Panadería de Segovia
(Artículo 22. De las faltas) y el convenio de Panadería y expendidurías de Sevilla
(Artículo 13. Faltas y sanciones).