Page 303 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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12.5.5.   Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
                           sexo


                  En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar
                  si este tipo de acoso se incluye en el régimen disciplinario del convenio. En este

                  sentido, el 43% de los convenios del sector de Panaderías recoge el acoso sexual

                  como falta muy grave. Dentro de este grupo, algunos convenios recogen también el

                  acoso por razón de sexo e incluyen las definiciones de estos tipos de acoso.



                                               ACOSO FALTA MUY GRAVE






                                                                   Falta muy
                                               No lo                 grave
                                              recoge                  43%
                                             como falta
                                               57%









                  En el grupo de convenios que incluyen solo el acoso sexual como falta muy grave,

                  dejando fuera al acoso por razón de sexo y sin incluir la definición de este tipo de
                  acoso, se encuentran los convenios de Panadería de Ávila (Artículo 33. Faltas);

                  Panadería de León (Artículo 36. Graduación de las faltas); Panadería de Segovia

                  (Artículo 22. De las faltas) y el convenio de Panadería y expendidurías de Sevilla

                  (Artículo 13. Faltas y sanciones).
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