Page 20 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 20
Valoración de Puestos de trabajo. En este sentido se valora si el convenio recoge la
valoración de puestos de trabajo, junto con estudios de tiempos y establecimiento
de sistemas de primas o incentivos, como funciones de los comités de empresa o
delegados y delegadas de personal. O si el convenio avanza más en este punto y ya
incluye la valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género enmarcado
dentro del artículo 4 del RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva
entre mujeres y hombres , lo que supone que la retribución salarial establecida en
el convenio para puestos de igual valor en los distintos Grupos Profesionales será
la misma para mujeres y hombres, ya sea satisfecha directa o indirectamente, y
cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda
producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o
condiciones de aquella, independientemente del género al que pertenezcan las
personas que los desempeñen. A tal fin, se atenderá a la naturaleza de las
funciones o tareas efectivamente encomendadas, a las condiciones educativas,
profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, a los factores
estrictamente relacionados con su desempeño y a las condiciones laborales en las
que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
Protección de las trabajadoras víctimas de violencia de género. Se analiza si el
convenio incluye Ley 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral
contra la violencia de género, si incluye alguno de los derechos de las trabajadoras
víctimas de violencia de género dentro del capítulo o artículo de licencias y
permisos. Si enumera brevemente o por completo, alguno o todos de los derechos
recogidos en esta ley o si da un paso más y recoge mejoras de los derechos
laborales de las trabajadoras víctimas de violencia de género legalmente
reconocidos.