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En el apartado de Igualdad entre mujeres y hombres recogemos el análisis de los

                  siguientes aspectos:

                  Legislación sobre la negociación de Planes de Igualdad. En este punto se valora, no

                  solo que los convenios incluyan el principio de igualdad entre mujeres y hombres,
                  si no en qué medida regulan los términos y condiciones de negociación de un Plan

                  de Igualdad. Es decir, si incluyen alguna de las leyes o reales decretos referentes a

                  la negociación de planes de igualdad, ya sea la LO3/2007, de 22 de marzo, para la

                  igualdad  efectiva  de  mujeres  y  hombres;  el  RD-Ley  6/2019,  de  1  de  marzo,  de

                  medidas urgentes para garantía de la  igualdad de trato y de oportunidades entre
                  mujeres  y  hombres  en  el  empleo  y  la  ocupación  o  los  RD901/2020,  de  13  de

                  octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y RD902/2020, de

                  13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.


                  Dentro  del  grupo  de  convenios  que  incluye  legislación  sobre  la  negociación  de

                  planes de igualdad se valora además que el convenio desarrolle, en mayor o menor

                  medida, cómo negociar un plan de igualdad, incluyendo objetivos, información que

                  debe  recoger  el  diagnóstico  de  situación,  áreas  y  medidas  de  actuación  y
                  competencias de las partes negociadoras.



                  Igualdad Salarial. Se analiza si el convenio incluye en su articulado el principio de
                  igualdad salarial entre mujeres y hombres “igual trabajo, igual salario”, si incluye

                  dentro de las funciones de la comisión de igualdad sectorial “vigilar que mujeres y

                  hombres reciban la misma retribución por el mismo trabajo, o si el convenio ya

                  incluye  y/o  desarrolla  los  aspectos  fundamentales  del  RD902/2020,  de  13  de
                  octubre,  de  igualdad  retributiva  entre  mujeres  y  hombres,  en  cuanto  a  brecha

                  salarial de género, registro retributivo, auditoria retributiva, grupos profesionales y

                  la  obligatoriedad  empresarial  de  presentar  el  registro  retributivo  anual  a  la

                  representación legal de las personas trabajadoras.
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