Page 201 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        20.- CONVENIO COLECTIVO DE OBRADORES DEL SECTOR DEL COMERCIO E INDUSTRIAS DE CONFITERÍA, PASTELERÍA,
        BOLLERIA, HELADERÍA Y PLATOS COCINADOS DE MADRID

         CÓDIGO CONVENIO        28001025011981
         VIGENCIA               2018-2019
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Las partes negociadoras se comprometen, en caso de que sea denunciado, a sentarse a la Mesa de Ne-
                                gociación, un mes antes de finalizar su vigencia. Una vez denunciado el presente convenio colectivo, se
                                mantendrá en vigor el presente convenio hasta la firma un nuevo convenio colectivo que lo sustituya. De
                                no mediar denuncia, con los requisitos exigidos para ello, el convenio se entenderá prorrogado de año
                                en año, a partir del 1 de enero de 2020 en sus propios términos.

         NÚMERO DE TRABAJADORES  3.500
         MUJERES                2.000
         HOMBRES                1.500
         JORNADA                1.826 horas anuales más 27 minutos
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    1,20%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de salario mensual
         SALARIO ANUAL          Peón: 14.936,96   Oficial 1ª: 16.461,18
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      Las empresas afectadas por el ámbito de aplicación del presente Convenio, complementarán las pres-
                                taciones de Incapacidad Temporal originadas por accidente de trabajo ocurrido en el centro de trabajo,
                                desde el primer día de contingencia, hasta el 100% del salario bruto mensual del trabajador afectado.  201
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO

         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PASTELERÍA ARTESANA, UGT, CC.OO
         VARIOS / OBSERVACIONES
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