Page 203 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        22.- CONVENIO COLECTIVO DE OBRADORES DE CONFITERÍAS, BOLLERÍAS, TURRONES, HELADOS Y CHURRERÍAS CARA-
        MELOS Y COMPRIMIDOS Y FABRICACIÓN DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA.

         CÓDIGO CONVENIO        29001185011981
         VIGENCIA               2014-2016
         DENUNCIA DEL CONVENIO  El convenio quedará prorrogado tácitamente por periodos anuales sucesivos, si no fuera denunciado por
                                alguna de las partes antes de la finalización de su vigencia. En caso de no ser denunciado se aplicará el
                                IPC real de cada año
         NÚMERO DE TRABAJADORES  4.000
         MUJERES                1.600
         HOMBRES                2.400
         JORNADA                40 horas semanales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2016
         INCREMENTO SALARIAL    0,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas + 1 paga del 9% del salario anual
         SALARIO ANUAL          Peón: No estan publicadas las tablas   Oficial 1ª: No estan publicadas las tablas
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   IPC 2015, si fuera negativo mantener salario
         COMPLEMENTO DE IT      Cuando un trabajador sea dado de baja por incapacidad laboral transitoria por el seguro de enferme-
                                dad o accidente de trabajo, la empresa abonará desde el primer día de la baja la diferencia que exista
                                entre el salario real que percibía el trabajador y la prestación económica que le abone la Seguridad
                                Social; a partir de Ia tercera baja en IT, dentro del año, el complemento será abonado solamente a partir
                                del cuarto día de enfermedad.                                                  203
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO

         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       PARTE EMPRESARIAL, UGT, CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES  Sin actualizar los salarios desde 2017
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