Page 199 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        18.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE ELABORACIÓN Y VENTA DE PASTELERÍA, CONFITERÍA Y BOLLERÍA
        DE LAS COMARCAS DE LÉRIDA

         CÓDIGO CONVENIO        25000125011994
         VIGENCIA               2012-2013
         DENUNCIA DEL CONVENIO  A la finalización del presente convenio y mientras no se negocie uno nuevo, quedarán vigentes las clau-
                                sulas normativas y obligacionales del convenio anterior.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  750
         MUJERES                500
         HOMBRES                250
         JORNADA                1.816 horas anuales

         VACACIONES             30 días laborables
         EJERCICIO ECONÓMICO    2013
         INCREMENTO SALARIAL    0,20%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de 30 días de S.B.+Plus convenio+Ant.
                                1 paga de beneficios según tablas
         SALARIO ANUAL          Peón: 13.514,05   Oficial 1ª: 14.637,21
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      En casos de accidente laboral o enfermedad profesional, debidamente acreditada por la Seguridad
                                Social o Mutua de Accidente de Trabajo, las empresas abonarán a los trabajadores y las trabajadoras
                                la cantidad percibida del importe entre la cantidad percibida por accidente de trabajo o enfermedad
                                profesional y el 100% de la base de cotización por accidente, pero tiene la obligación de cubrir un
                                periodo mínimo de carencia de al menos 6 meses.                                199
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO

         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       GREMIO DE PASTELEROS DE LLEIDA, UGT, CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES
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