Page 194 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



               13.- Xocolates, bombons i caramels de la província de Girona

                CÓDIGO CONVENIO        17000585011994
                VIGENCIA               2018-2019
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Antel.lació mínima de 3 mesos respecte a la dta del seu venciment.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  915
                MUJERES                522
                HOMBRES                393
                JORNADA                1.776 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    2,00%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias de salario base  + plus convenio cada una de ellas.
                SALARIO ANUAL          Peón: 15.828   Oficial 1ª: 17.297
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE IT      a) Enfermedad común y accidente no laboral: en caso de IT derivada de enfermedad común o accidente
                                       no laboral, la empresa abonará, a partir del día 21 de la baja y hasta las 24 semanas, un complemento a
                                       las prestaciones de la Seguridad Social que consiste en la diferencia entre el salario base, plus personal y
                                       plus convenio, que cobre el trabajador/a y la prestación de la Seguridad Social.
                                       b) Accidente de trabajo y enfermedad profesional: En los supuestos de IT, derivada de accidente de
                                       trabajo o enfermedad profesional, la empresa complementará la prestación que abona la mutua hasta
      194                              el 100% de la base reguladora desde el primer día de la baja hasta el día del alta del accidente, con el
                                       máximo legal de 18 meses.
                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Els treballadors víctimes de violència de gènere tindran dret, per fer efectiu la seva protecció o dret a
                                       l’assistència social integral, a la reducció de la jornada de treball amb reducció proporcional del salari o a
                                       la reordenació del temps de treball, mitjançant l’adaptació de l’horari, de l’aplicació de l’horari flexible o
                                       d’altres formes d’ordenació del temps de treball.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       ASOCIACIÓN de FABRICANTES de CHOCOLATES, BOMBONES y CARAMELOS, UGT y CC.OO

                VARIOS / OBSERVACIONES
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