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4.3.10.- Sector de industrias vinícola



               9.- CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO SECTORIAL DE LA ACTIVIDAD DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS PARA LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
                VIGENCIA               2018-2019
                CÓDIGO CONVENIO        13000225011982

                DENUNCIA DEL CONVENIO  Llegada su finalización quedará automáticamente denunciado sin necesidad de previo requerimiento.
                                       Una vez terminada su vigencia, continuara rigiendo en su totalidad por un periodo de 24 meses a contar
                                       a partir de la finalización de ésta, ampliándose por 6 meses más mientras se mantenga abierta la mesa
                                       negociadora de este convenio, sin perjuicio de la denuncia expresa que cualquiera de las partes, realice
                                       al menos con un mes de antelación a la finalización de la vigencia del convenio.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  3.500
                HOMBRES                2.250
                MUJERES                1.250
                JORNADA                1.800 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias+ 1 paga “Virgen de las Viñas”
                SALARIO ANUAL          Peón: 13.677,30   Oficial 1ª: 14.337,05
                INCREMENTO SALARIAL    1,80%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Como cláusula de revisión salarial se establece que para los años 2018 y 2019 un incremento del 50%
                                       del exceso del IPC sobre el 1,8% con carácter retroactivo, siendo provisionales las tablas salariales que
                                       se anexan al presente convenio.
                COMPLEMENTO DE I.T.    El personal de las empresas afectadas por este convenio, que reúna las condiciones exigidas para ser be-
                                       neficiario de I.T. en el período en que se encuentren en dicha situación, se complementarán las prestacio-
                                       nes de seguridad social en todos los supuestos, hasta el 100% de los siguientes conceptos: Salario base,
      316                              antigüedad, plus de convenio y complementos fijos consolidados en su cuantía, desde el primer día de
                                       baja, quedando excluidos, expresamente, de este complemento aquellos conceptos y/o complementos
                                       salariales variables no previstos en el presente convenio.
                CLÁUSULA DE            NO
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
                COMITÉ DE SALUD LABORAL  En esta materia, tanto los trabajadores, como las empresas, cumplirán adecuadamente y con rigor lo dis-
                                       puesto en la Ley 31/1.995 de Prevención de Riesgos Laborales y Normas de Desarrollo, y cuantas demás
                                       disposiciones regulen esta materia. En todas las empresas en las que legalmente se requiera, conforme
                                       a la citada Ley, se designarán los delegados de prevención, con las funciones, competencias y facultades
                                       previstas en dicha Normativa.
                CLAUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  Las organizaciones firmantes del presente convenio y las empresas afectadas por su ámbito funcional,
                                       son conscientes de la necesidad de garantizar de forma efectiva la igualdad entre hombres y mujeres, por
                                       lo que se comprometen a aplicar de forma efectiva lo expuesto en el capítulo III del título
                                       IV de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Asimismo garantizarán la igual-
                                       dad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como la no discriminación por cuestiones de raza,
                                       religión o cualquier otra condición de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia y
                                       Directivas Comunitarias. Se pondrá especial atención en cuanto al cumplimiento de estos conceptos en:
                                       acceso al empleo, estabilidad en el empleo, igualdad
                                       salarial en trabajos de igual valor, formación y promoción profesional, ambiente laboral exento de aco
                                       so sexual y moral.
                VIOLENCIA DE GÉNERO    NO

                PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO, PATRONALES DEL VINO DE CIUDAD REAL
                BUENAS PRÁCTICAS       Protección de la dignidad de trabajadores y trabajadoras
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