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4.3.10.- Sector de industrias vinícola



        6.- CONVENI COLLECTIU DE TREBALL DE LICORS DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA
         VIGENCIA               2018-2019
         CÓDIGO CONVENIO        08001745011994

         DENUNCIA DEL CONVENIO  La duración del Convenio será de 2 años, del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019, prorrogán-
                                dose por períodos anuales, si no hubiese denuncia por alguna de las partes formulada por escrito con
                                una antelación mínima de 1 mes a su vencimiento, o al de cualquiera de sus prórrogas.
                                Las conversaciones para la revisión del Convenio se iniciarán en su caso en  1 mes desde la fecha de su
                                denuncia.
                                Una vez finalizada su vigencia el Convenio seguirá siendo de aplicación hasta que se llegue a un nuevo
                                acuerdo.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  300
         HOMBRES                175
         MUJERES                125
         JORNADA                1.784 horas anuales
         VACACIONES             22 días laborables
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias
         SALARIO ANUAL          Peón: 14.254,24   Oficial 1ª: 14.866,74
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   El incremento salarial para el año 2018 será del 2%, con un máximo de un 2,5% revisable, en el supuesto
                                que el Índice de Precios al Consumo de Cataluña supere el 2%, con carácter retroactivo.
         COMPLEMENTO DE I.T.    Las prestaciones económicas de IT de la Seguridad Social se complementarán por las empresas hasta   313
                                un 100% del salario real en todos los casos, desde el primer día y por un período máximo de hasta 18
                                meses.
         CLÁUSULA DE            Fomento del empleo
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  Formación continua
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según Ley.
         CLAUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  Medidas varias
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas de terrorismo
                                tendrán los derechos indicados en el arte. 37.7 del Estatuto de los trabajadores.
         PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y UNIO DE LICORISTAS DE CATALUNYA
         BUENAS PRÁCTICAS       Protocolo para la prevención del Acoso sexual y el acoso por razón de sexo
                                Premio de vinculación
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