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4.3.10.- Sector de industrias vinícola
4.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LAS INDUSTRIAS VINÍCOLAS DE LAS ISLAS BALEARES.
(Conveno prorrogado. Sin actualiación salarial desde 2008)
VIGENCIA 2006-2008
CÓDIGO CONVENIO
DENUNCIA DEL CONVENIO Se considerará automáticamente prorrogado a su término si alguna de las partes no formulase la denuncia
del mismo con un mes de antelación como mínimo a la fecha de su vencimiento o de cualquiera de sus
prórrogas.
NÚMERO DE TRABAJADORES Sin datos.
HOMBRES Sin datos.
MUJERES Sin datos.
JORNADA 40 horas semanales
VACACIONES 22 días laborables
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas de salario base más antigüedad
SALARIO ANUAL Peón: Sin datos. Oficial 1ª: Sin datos.
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Sí
COMPLEMENTO DE I.T. A) Enfermedad común y Accidente no laboral: las empresas complementarán las prestaciones de la
Seguridad Social o entidad gestora, hasta el 100 por 100 del salario de cotización, desde el primer día de
la baja y mientras dure ésta hasta un máximo de 18 meses, en los supuestos de baja derivada de tales
contingencias, siempre que la misma lleve aparejada intervención quirúrgica, internamiento hospitalario
o diagnóstico de larga duración. En los demás casos, se aplicará la normativa vigente durante los 28 pri-
meros días y el 100 por 100 del salario de cotización a partir del vigésimo noveno día y hasta un máximo
de 18 meses. 311
B) Accidente de trabajo: las empresas complementarán las prestaciones de la Seguridad Social o enti-
dad gestora, hasta el 100 por 100 del salario de cotización más, desde el primer día de la baja y mientras
dure ésta con un máximo de 18 meses.
CLÁUSULA DE Se promueve la contratación Indefinida.
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES ASOCIACIÓN de BODEGUEROS de BALEARES, ASOCIACIÓN de PETITS CELLERS de ISLAS BALEARES,
UGT y CC.OO