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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
11.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE FABRICACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS DE CONFITERÍA, PASTE-
LERÍA, REPOSTERÍA Y BOLLERÍA DE CÓRDOBA
(Sin actualizar salarios desde 2009)
VIGENCIA 2008-2009
CÓDIGO CONVENIO 14000395011981
DENUNCIA DEL CONVENIO Cualquiera de las partes firmantes podrá efectuar su denuncia dentro del último mes de su vigencia, en-
tendiéndose prorrogado tácitamente año tras año si ello no se produjera. Una vez denunciado en tiempo
y forma y hasta que no se hubiese pactado un nuevo acuerdo que afecte al Sector, las partes convenien-
tes acuerdan expresamente quedar vinculados al conjunto del presente Convenio.
NÚMERO DE TRABAJADORES —
HOMBRES —
MUJERES —
JORNADA 1.768 horas anuales
VACACIONES 32 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de S.B.+Ant.
SALARIO ANUAL Peón: 10.314,90 Oficial 1ª: 12.172,95
INCREMENTO SALARIAL 1,80%
CLÁUSULA DE REVISIÓN Si, la diferencia entre el IPC real y el IPC previsto
COMPLEMENTO DE I.T. Las empresas garantizaran a los/las trabajadores y trabajadoras que tengan en la empresa una antigüe-
dad igual o superior a 120 días y causara baja médica por enfermedad común o accidente de trabajo
un complemento de percepción salarial hasta alcanzar el 100 de su salario. Dicho complemento se
abonará a partir del primer día de la baja médica.
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CLÁUSULA DE Las empresas del sector se comprometen a tener como máximo un 30% del conjunto de sus trabajado-
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO res y trabajadoras mediante la modalidad de contratos de carácter eventual. Los puestos de trabajo que
en aplicación del porcentaje establecido se deban convertir en puesto de trabajo de carácter indefinido,
Se establece la expresa prohibición de contratar personal pluriempleado salvo que el empleo anterior
sea a jornada parcial.
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según FPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Las contrataciones en las empresas de trabajadores y trabajadoras fijos o fijas, respetaran un porcentaje
en contratación igual para ambos sexos del 50%.
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES PARTE EMPRESARIAL, UGT, CC.OO.