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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
16.- PASTELERÍA, BOLLERÍA, GALLETAS, REPOSTERÍA, ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE CONFITERÍA DE CHOCOLATE, PLA-
TOS COCINADOS, PASTELERÍA SALADA Y HELADERÍA ARTESANAL DE LA PROVINCIA DE HUESCA
VIGENCIA 2018-2021
CÓDIGO CONVENIO 22001125012010
DENUNCIA DEL CONVENIO Una vez finalizada la vigencia del presente convenio, ambas partes se comprometen a iniciar negocia-
ciones de cara a la firma del próximo, por lo que se entiende automáticamente denunciado el presente
convenio sin necesidad, por tanto, de comunicación a las partes y a la autoridad laboral.
NÚMERO DE TRABAJADORES 153
HOMBRES 58
MUJERES 95
JORNADA 1.800 horas anuales
VACACIONES 22 días laborables
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas extraordinarias
SALARIO ANUAL Peón: 12.172,35 Oficial 1ª: 14.912,97
INCREMENTO SALARIAL 1,50%
CLÁUSULA DE REVISIÓN Si el IPC resultante de cada uno de los años fuera superior al incremento salarial pactado, dicho in-
cremento se aplicará, a los solos efectos de actualización de las tablas que servirán como referencia al
incremento que correspondiera al año siguiente con un tope máximo de 0,50%
COMPLEMENTO DE I.T. En caso de Incapacidad Temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se reci-
birá un complemento hasta alcanzar el 100% del salario real correspondiente al trabajador/a afectado,
hasta un periodo máximo de seis meses.
196 CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Capítulo X. Formación y promoción profesional
COMITÉ DE SALUD LABORAL Comisión sectorial de seguridad y salud
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE Medidas de Protección del Medio Ambiente. Desarrollado en Capítulo XV
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Medidas sociolaborales.
Igualdad de trato y oportunidades y no discriminación
Conciliación de la vida personal, laboral y familiar
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES UGT, CCOO Y ASOCIAL PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE CONFITURA, PASTELERÍA Y BOLLERÍA
BUENAS PRÁCTICAS Protocolo de acoso sexual y por razón de género.
Artículo 48.-Abuso de Autoridad.