Page 194 - Negociación_Colectiva_2018_en_el_sector_agroalimentario_español
P. 194
4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
14.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE INDUSTRIAS DE OBRADOR DE CONFITERÍAS, REPOSTERÍAS, PASTELERÍAS Y
PERSONAL MERCANTIL DE LAS MISMAS DE GUADALAJARA
(Vigente hasta 2017. Sin actualización salarial)
VIGENCIA 2006-2007
CÓDIGO CONVENIO —
DENUNCIA DEL CONVENIO El presente Convenio se dará por denunciado de una forma automática desde el momento de su ven-
cimiento, es decir, el 31 de diciembre de 2007. Hasta tanto en cuanto no sea sustituido por otro, tendrá
vigencia en todas las cláusulas obligacionales, así como en su contenido normativo.
NÚMERO DE TRABAJADORES —
HOMBRES —
MUJERES —
JORNADA 1.791 horas anuales
VACACIONES 31 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de 30 días de S.B.
SALARIO ANUAL Peón: 13.244,55 Oficial 1ª: 14.388,30
INCREMENTO SALARIAL 4,95%
CLÁUSULA DE REVISIÓN En caso de que el IPC real al 31 de diciembre de cada uno de los años de vigencia del presente convenio
supere el IPC previsto se hará una revisión salarial en el exceso.
COMPLEMENTO DE I.T. En caso de incapacidad por enfermedad grave, operación, fracturas o cualquier otra que obligue a
guardar cama o asistencia domiciliaria, debidamente acreditada por la Seguridad Social, desde el pri-
mer día, las empresas se comprometen a complementar las prestaciones económicas de la Seguridad
194 Social hasta completar un período de cuatro meses, en lo necesario para llegar al 100% del salario
convenio, con sus complementos.
En caso de accidente de trabajo, a partir del primer día se complementará hasta el 100% del salario
convenio más antigüedad, hasta un límite de doce meses.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según FPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD No discriminación por razón de sexo. Los firmante del presente convenio entienden que, las acciones
emprendidas con respecto a la igualdad de las oportunidades en el trabajo no darán origen por sí solas, a
una igualdad de oportunidades en la sociedad, pero contribuirán muy positivamente a conseguir cambios
en este sentido.
En consecuencia, es importante que se tomen las medidas oportunas para promover la igualdad de
oportunidades.
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES ASOCIACIÓN DE OBRADORES DE CONFITERÍAS, UGT Y CCOO