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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
7.- CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE CHOCOLATES, BOMBONES, CARAMELOS Y CHICLES DE LAS PROVINCIAS DE
BARCELONA, LÉRIDA Y TARRAGONA
VIGENCIA 2017-2019
CÓDIGO CONVENIO 08100015012014
DENUNCIA DEL CONVENIO Cualquiera de las partes podrá denunciar el Convenio, tanto para su rescisión como para su revisión,
con una antelación de 2 meses. Transcurridos 18 meses desde la denuncia del convenio, sin que se haya
acordado un nuevo convenio, aquel perderá vigencia y se aplicará, si hay, el Convenio colectivo de ámbito
superior que fuera aplicable.
NÚMERO DE TRABAJADORES 500
HOMBRES 230
MUJERES 270
JORNADA 1.784 horas anuales (745 horas para la jornada nocturna)
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de 30 días
SALARIO ANUAL Peón: 11.933,16 Oficial 1ª: 19.144,27
INCREMENTO SALARIAL 2,00%
CLÁUSULA DE REVISIÓN Sí
COMPLEMENTO DE I.T. Sí
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Constituir una Comisión de formación profesional para el desarrollo de un plan de formación sectorial 187
durante la vigencia del presente Convenio colectivo.
Las reuniones de esta Comisión serán bimensuales aunque se celebrarán las que se necesiten de forma
extraordinaria a petición de la mitad de sus miembros.
COMITÉ DE SALUD LABORAL Se acuerda constituir una Comisión de salud y advertencia de riesgos que velará por el desarrollo y la
planificación de una verdadera política preventiva en cada empresa, en su ámbito territorial, afectada por
este Convenio colectivo. Esta Comisión la formarán tres representantes de Arita y tres representantes de
los sindicatos. Las reuniones se harán como máximo cada tres meses.
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD La mujer y el hombre en igualdad de trabajo recibirán las mismas retribuciones.
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES CEOE y CEPYME, PIMEC, UGT, CC.OO