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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        7.- CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE CHOCOLATES, BOMBONES, CARAMELOS Y CHICLES DE LAS PROVINCIAS DE
        BARCELONA, LÉRIDA Y TARRAGONA
         VIGENCIA               2017-2019

         CÓDIGO CONVENIO        08100015012014
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Cualquiera de las partes podrá denunciar el Convenio, tanto para su rescisión como para su revisión,
                                con una antelación de 2 meses. Transcurridos 18 meses desde la denuncia del convenio, sin que se haya
                                acordado un nuevo convenio, aquel perderá vigencia y se aplicará, si hay, el Convenio colectivo de ámbito
                                superior que fuera aplicable.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  500
         HOMBRES                230
         MUJERES                270
         JORNADA                1.784 horas anuales (745 horas para la jornada nocturna)
         VACACIONES             30 días naturales
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días
         SALARIO ANUAL          Peón: 11.933,16   Oficial 1ª: 19.144,27
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   Sí
         COMPLEMENTO DE I.T.    Sí
         CLÁUSULA DE            NO
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  Constituir una Comisión de formación profesional para el desarrollo de un plan de formación sectorial   187
                                durante la vigencia del presente Convenio colectivo.
                                Las reuniones de esta Comisión serán bimensuales aunque se celebrarán las que se necesiten de forma
                                extraordinaria a petición de la mitad de sus miembros.
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Se acuerda constituir una Comisión de salud y advertencia de riesgos que velará por el desarrollo y la
                                planificación de una verdadera política preventiva en cada empresa, en su ámbito territorial, afectada por
                                este Convenio colectivo. Esta Comisión la formarán tres representantes de Arita y tres representantes de
                                los sindicatos. Las reuniones se harán como máximo cada tres meses.
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  La mujer y el hombre en igualdad de trabajo recibirán las mismas retribuciones.
         VIOLENCIA DE GÉNERO
         PARTES FIRMANTES       CEOE y CEPYME, PIMEC, UGT, CC.OO
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