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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
3.-CONVENIO COLECTIVO DE CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.
(Convenio vigente hasta 2014. Sin actualización salarial)
VIGENCIA 2002-2013
CÓDIGO CONVENIO 03000095011982
DENUNCIA DEL CONVENIO Cualquiera de las partes podrá denunciar el Convenio dentro del último mes de su vigencia, tanto para
su rescisión como para su revisión, iniciándose su negociación en el plazo máximo de un mes a partir de
la finalización de su vigencia.
Si no mediara la denuncia expresa, el Convenio se prorrogará en sus propios términos de año en año sin
modificación alguna, salvo las que vengan impuestas por normativa legal.
Independientemente de lo anterior los valores económicos vigentes en el último año de aplicación del
convenio colectivo (31 de diciembre de 2014) serán de aplicación hasta que sean sustituidos por lo
pactado en el nuevo convenio.
NÚMERO DE TRABAJADORES —
HOMBRES —
MUJERES —
JORNADA 40 horas semanales
VACACIONES 30 días laborables
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas extraordinarias de S.B.+ antigüedad+ plus de asistencia+ plus de actividad
1 paga extraordinaria de 20 días de S.B.+Ant.+plus asistencia+plus actividad
SALARIO ANUAL Peón: — Oficial 1ª: —
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Se complementa hasta el 100% 183
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LRPL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES GREMIAL DE EMPRESARIOS DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA y REPOSTERÍA, UGT, CC.OO