Page 159 - Negociación_Colectiva_2018_en_el_sector_agroalimentario_español
P. 159

4.3.2.- Sector de aceites y derivados



        7.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DEL ACEITE Y SUS DERIVADOS Y ADEREZO Y
        RELLENO DE ACEITUNAS PARA LA PROVINCIA DE JAÉN.

         VIGENCIA               01.10.2014-30.09.2019
         CÓDIGO CONVENIO        23000115011982
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Una vez denunciado en tiempo y forma, las partes se comprometen a la nueva negociación a partir del
                                momento de la finalización de la vigencia.
                                Transcurrido un año desde su denuncia, sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo
                                arbitral, aquel perderá vigencia y se aplicará lo que regule la normativa legal vigente.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  4.000
         HOMBRES                Sin datos
         MUJERES                Sin datos
         JORNADA                1.776 h. anuales
         VACACIONES             25 días laborables
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  Todos los trabajadores afectados por este Convenio percibirán las siguientes pagas extraordinarias.

                                Con motivo del 1 de Mayo, veinte días; el 15 de Julio, 30 días, y en Navidad, 30 días.
                                Estas pagas se prorratearán en razón al tiempo servido para el personal que cese o ingrese en el transcurso
                                del año y se abonarán con arreglo al salario base aprobado en este Convenio más complemento ad perso-
                                nam y participación en beneficios, devengándose todas anualmente.
                                Los trabajadores afectados por este convenio percibirán en concepto de participación en beneficios el 10%
                                del salario base más complemento ad personam.
         SALARIO ANUAL          Peón: 19.208,04   Oficial 1ª: 19.867,22
                                                                                                               159
         INCREMENTO SALARIAL    1,25%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         COMPLEMENTO DE I.T.    SI
         CLÁUSULA DE            NO
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL. Prevé comisión provincial de Seguridad y Salud
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  SI, estarán obligados a establecer un Plan de Igualdad aquellas empresas que tengan más de 200
                                empleados
         VIOLENCIA DE GÉNERO
         PARTES FIRMANTES       AVEPA, ASOCIACIÓN DE EXTRACTORES, ASOCIACIÓN de COOPERTIVAS, UGT y CCOO
   154   155   156   157   158   159   160   161   162   163   164