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4.3.2.- Sector de aceites y derivados
9.- ACEITE Y DERIVADOS.(COMERCIO E INDUSTRIA)
VIGENCIA 2016-2019
CÓDIGO CONVENIO 28000015011981
DENUNCIA DEL CONVENIO Un mes
NÚMERO DE TRABAJADORES 550
HOMBRES 330
MUJERES 220
JORNADA 1.788 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas extraordinarias
SALARIO ANUAL Peón: 11.878,80 Oficial 1ª: 12.076,37
INCREMENTO SALARIAL 1,00%
CLÁUSULA DE REVISIÓN Para el año 2018, los salarios del año 2017 tendrán como incremento, un 0,60%, siempre que el incremen-
to del IPC sea inferior al 1%. Si el IPC fuese superior al 1% e inferior al 2%, los salarios se incrementarán un
1%. Si el IPC fuese superior al 2%, los salarios se incrementarán un 1,50%.
COMPLEMENTO DE I.T. 1.- Cuando el trabajador o trabajadora cause baja por enfermedad, percibirá durante el periodo de 12 me-
ses, a partir del cuarto día, el 100% de su salario real, con deducción de la cantidad que por la Seguridad
Social pudiera corresponderle.
2.- En los casos de baja por accidente de trabajo, el trabajador o trabajadora percibirá el 100% de su salario
real, con deducción de la cantidad que reciba por la Seguridad Social, hasta tanto sea dado de alta en su
situación.
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CLÁUSULA DE Sí
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Funciones de la paritaria
COMITÉ DE SALUD LABORAL Sí
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Las organizaciones firmantes del Convenio, tanto empresariales como sindicales, están interesadas en de-
sarrollar en sus ámbitos respectivos medidas para conseguir la igualdad de oportunidades para hombres
y mujeres en el trabajo, con la finalidad de contribuir al pleno desarrollo de los derechos y capacidades
de las personas.
A este respecto se crea una comisión de igualdad de carácter paritario que impulsará y desarrollará actua-
ciones en el marco del artículo 85.2 del Estatuto de los Trabajadores y orientará a las empresas y trabaja-
dores y trabajadoras que lo demanden sobre los principios generales de aplicación de la Ley de Igualdad.
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES UGT, CCOO Y ASLINSA
BUENAS PRÁCTICAS Sí