Page 547 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN
La Totalidad de los Seguros recogidos cubren la contingencia de Muerte o Invalidez
por Accidente de Trabajo, aunque la mayor parte de los Convenios cubren también
muerte o incapacidad en otras circunstancias.
Ejemplos
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL ACEITE Y SUS
DERIVADOS PARA LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. AÑO 2020. Código de Convenio:
14000265011982. Aplicable en el Centro de Trabajo de Alcolea de Priego y
Montoro de MIGUEL GALLEGO, S.A. (MIGASA) y Alcolea de ACEITES TOLEDO, S.L.,
fabricantes ambos de MDD
Artículo 38. Seguro de muerte o invalidez
Las empresas asegurarán a todos y todas los/las trabajadores y trabajadoras afectados y afectadas
por el presente Convenio, con una póliza de seguro mientras se encuentren de alta en la empresa
mediante cualquier modalidad de contratación, de los valores siguientes:
-Por fallecimiento como consecuencia de accidente de tráfico o circulación, tanto en medio público
como privado, y siempre que el desplazamiento se realice en el desarrollo de actividad profesional:
50.000,00 euros.
-Por invalidez total, por accidente de trabajo: 19.000,00 euros.
-Por invalidez absoluta, por accidente de trabajo: 19.000,00 euros.
Las cantidades antes descritas, por su propia definición, no son acumulables caso de producirse
algún siniestro
CONVENIO COLECTIVO ACEITES DEL SUR-COOSUR, SA 2020-2024 (Código de
convenio: 90007722011992), Vigencia 2020-2024. Aplicable en los Centros de
Trabajo de Tarancón (Cuenca) Dos Hermanas y La Roda de Andalucía (Sevilla) y
Mora (Toledo) de la empresa ACEITES DEL SUR COOSUR, S.A. (ACESUR).
Artículo 33. Seguro colectivo de accidentes.
La empresa suscribirá para la totalidad del personal, tanto fijos discontinuos y eventuales, que se
encuentren de alta en el día del siniestro, una póliza de seguros que cubrirá las veinticuatro horas del
día y las contingencias y cuantías siguientes:
Muerte o invalidez permanente, sobrevenida como consecuencia de accidente, sea o no laboral,
y con las excepciones estipuladas en la póliza, con una cobertura de 60.000,00 Euros de cuantía.
Como conclusión de este apartado hay que decir que la mayor parte de empresas
que recogen este tipo de cláusulas son fabricantes de MDD, encontrándose además
las más generosas en cuanto a coberturas en centros de trabajo de empresas
fabricantes de MDD.
5.4. Ayudas familiares y Préstamos.
19 de los 27 Centros de trabajo de la muestra (70%) tienen recogidas en sus Convenios
cláusulas que incluyen algún tipo de ayudas que catalogamos como ayudas y
prestaciones familiares, entre las que incluimos prestaciones de muy diversos tipos,
tales como ayudas a nupcialidad si las hubiera, ayudas de estudios a la persona
trabajadora o a sus hijos, cónyuges o familiares directos, ayudas asistenciales, etc.
Hemos incluido también en este apartado del análisis las cláusulas correspondientes
a Prestamos o ayudas, como por ejemplo, ayudas a vivienda, si las hubiera.
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