Page 508 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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reclamaciones que puedan formular quienes han sido objeto de este», garantizando de esta forma
la dignidad, integridad e igualdad de trato de todas las personas trabajadoras. De acuerdo con estos
principios, las empresas afectadas por este Convenio Colectivo se comprometen a garantizar un
entorno laboral donde se respete la dignidad de la persona y los derechos y valores a los que se ha
hecho referencia.
Igualmente, la representación legal de las personas trabajadoras contribuirá a ello sensibilizando a
las plantillas e informando a la dirección de la empresa de cualquier problema que pudiera tener
conocimiento y vigilará el cumplimiento de las obligaciones de la empresa en materia de prevención.”
De la muestra analizada, solo dos convenios colectivos de ámbito estatal, Industria
Cárnica y el Conservas vegetales cuentan con un Protocolo de prevención
y actuación en casos de acoso sexual y por razón de sexo que en ambos casos
desarrolla una estructura similar:
1. Principios
2. Objetivo del presente protocolo
3. Definición y conductas constitutivas de acoso
4. Medidas de prevención del acoso
5. Ámbito de aplicación y vigencia
6. Procedimiento de actuación en caso de denuncia por acoso
7. Medidas a adoptar tras la finalización del procedimiento en el que se ha constatado
el acoso.
La única diferencia entre estos protocolos de acoso reside en la Comisión
Instructora que en el caso del Convenio de la Industria Cárnica: “La instrucción de
este procedimiento será responsabilidad exclusiva de la Empresa y decidido por
esta, participando la representación sindical o la persona responsable de igualdad
designada por ésta para los casos de acoso sexual o por razón de sexo cuando así lo
haya manifestado en su denuncia” mientras que en Conservas Vegetales: “Actuarán en
la instrucción de este procedimiento, por parte de la empresa, la Dirección de Recursos
Humanos o la persona designada por esta; y por parte de la representación sindical, la
persona responsable de igualdad designada por ésta para los casos de acoso sexual o
por razón de sexo”.
Medidas para la protección de trabajadoras víctimas de violencia de género
En cuanto a las medidas dirigidas a la protección de trabajadoras víctimas de violencia
de género, el 54% de los convenios analizados del sector de Comida refrigerada
recoge alguna medida para la protección de las trabajadoras víctimas de violencia de
género, o al menos, menciona alguno de los derechos recogidos en la Ley 1/2004
de 28 de diciembre.
Dentro del grupo de convenios que protege en mayor o menor medida a las
trabajadoras víctimas de violencia de género, el 63% se aplica en empresas fabricantes,
parcial o mayoritariamente, de MDD y el 37% restante, en empresas MDF. En cuanto
al ámbito del convenio, el 71% de los convenios que incluyen alguna medida para
la protección de mujeres víctimas de violencia de género es de ámbito empresarial.
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